Crítica teológica a la teoría de las “almas errantes” del sacerdote Javier Luzón Peña

Por los Pbros Jesús Sánchez Sánchez y Jesús Mª Silva Castignani 

El sacerdote Javier Luzón Peña ha sostenido posturas que, aunque probablemente bien intencionadas, se acercan peligrosamente a elementos característicos del gnosticismo contemporáneo. En sus intervenciones, emplea un lenguaje teológico que, en varios casos, parece haber sido desligado del sentido que tiene en la Tradición de la Iglesia. Esta forma de argumentar, donde conceptos fundamentales se reformulan desde experiencias personales, corre el riesgo de alterar la comprensión auténtica de la Revelación cristiana.

Una de las características del pensamiento gnóstico —también presente en ciertas corrientes actuales— es la tendencia a reinterpretar la fe desde una supuesta experiencia “superior”, apartándose de la doctrina recibida de los Apóstoles,

los Padres de la Iglesia y el Magisterio. En este marco, el diálogo se vuelve difícil, porque la experiencia personal se erige como criterio absoluto de verdad, por encima de la Palabra revelada y del juicio de la Iglesia. Los que creen tales cosas corren el riesgo de convertirse en un círculo cerrado de personas “con un conocimiento superior” que cierran filas en torno al iniciador, en un comportamiento que fácilmente puede volverse sectario.

El padre Luzón ha afirmado que algunos médiums o videntes poseen una sensibilidad especial que atrae a los difuntos, y que esta podría ser un carisma concedido (o permitido) por Dios[i]. Sin embargo, decir que algo es “permitido” por Dios no equivale a afirmar que sea un don suyo. Dios permite muchas cosas —incluso el mal— sin que por ello las apruebe ni las proponga como vía para sus hijos.

Aún más preocupante es que el padre Luzón defienda esta capacidad como auténtica, y afirme que permite comunicarse con almas reales de difuntos, descartando que se trate de influencias demoníacas, a pesar de que reconozca que algunas veces vendría del demonio. Esta posición no solo es teológicamente insostenible, sino que contradice la enseñanza constante de la Iglesia, que ha condenado con claridad tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento cualquier forma de mediumnidad o consulta a los muertos.

Reconociendo su entrega y su trabajo pastoral, es necesario advertir que estas afirmaciones introducen confusión entre los fieles y ponen en peligro la fe de muchos. La experiencia, por intensa o frecuente que sea, nunca puede estar por encima del Magisterio ni contradecir lo que la Iglesia ha discernido como revelado por Dios. Frente a este tipo de enseñanzas, el deber de quienes sirven en la Iglesia es iluminar, corregir con caridad, y proteger la fe del Pueblo de Dios[ii].

En algunas entrevistas cita el episodio de la adivina de Endor (1 Sam 28) como justificación, así como referencias al ritual del exorcismo en las que la palabra “fantasma” implicaría la presencia de “almas errantes”, incluso de almas del purgatorio que se manifiestan a través de personas poseídas. Luzón afirma que estas almas no se han enterado del juicio divino, lo que implica una comprensión deficiente del juicio particular, contrario a la doctrina definida por la bula Benedictus Deus de Benedicto XII, donde se afirma que tras la muerte, el alma recibe inmediatamente su destino eterno[iii]. (no necesitan bautismos de deseo)

Aunque Luzón cita a en su libro a muchos santos que hablaron de manifestaciones de almas del purgatorio, no puede afirmar que tales manifestaciones ocurran mediante posesiones demoníacas en esos santos. Además, no es lo mismo afirmar que las almas de los difuntos se pueden manifestar que decir que las almas de los difuntos pueden poseer a las personas, quitarles la libertad y hablar a través de ellas

Puntos a rebatir en este artículo como falsos, que el padre Luzón afirma como verdaderos y que son la base de su argumento sobre las llamadas “almas errantes”:

  1. La supuesta posesión por almas del purgatorio en personas poseídas, y el uso de estas como medios (médiums) para hablar a través de ellas.
  2. La mediumnidad no es un don de Dios, sino contacto con demonios. Luzón afirma que los médium tienen un don. No se puede comparar la mediumnidad del Antiguo Testamento con la del Nuevo Testamento para justificar el diálogo con difuntos, ya que la Pascua de Cristo trae una novedad completa y definitiva.
  3. La idea de un bautismo de deseo tras la muerte (post mortem) está condenada por la Iglesia.
  4. La palabra “fantasma” en el Ritual de Exorcismos no se refiere a “alma errante”. Interpretarlo así revela un grave desconocimiento, ya sea por omisión o por tergiversación interesada.[iv]
  5. Los posibles exorcismos quizá fallidos del P Luzón por culpa de las “almas errantes”. La falta de caridad al detener el exorcismo creyendo que el demonio ha salido.

Advertencia doctrinal relevante

La Congregación para la Doctrina de la Fe, en su “Carta sobre algunas cuestiones referentes a la escatología” (1979), afirma:

“No se debe introducir el pensamiento de una condición intermedia de los hombres muertos, como si su destino definitivo quedase aún suspendido”.

Luzón ha afirmado verbalmente una supuesta suspensión del juicio definitivo, diciendo que las almas errantes no conocen el resultado del juicio de Dios y, por tanto, tampoco la recompensa posterior. Con ello, reconoce implícitamente una “suspensión” de la vida de gracia en las almas del purgatorio, lo cual supone una idea de “errancia” ya condenada por el Magisterio, al no afirmar con claridad los frutos del juicio particular ni la recompensa inmediata del amor de Dios para quienes mueren en su gracia.

La doctrina del juicio particular y que el hombre muere una sola vez (cf. Hb 9, 27). A pesar de ello, el padre Luzón introduce después afirmaciones que inducen al error, tales como: «Después del juicio particular, las almas que no están preparadas no se enteran del juicio y tal vez lo harán más adelante, mientras vagan errantes sin conocer su estado ni saber dónde están»[v]. Esta afirmación, además de carecer de respaldo bíblico o doctrinal, incurre en un pensamiento de raíz gnóstica: supone que Dios no puede comunicarse con el alma plenamente en el momento decisivo de su destino eterno, o que, de hacerlo, el alma no tendría capacidad de comprender su situación.

Esta visión no solo degrada la dignidad espiritual del alma humana, creada a imagen de Dios y dotada de inteligencia, memoria y voluntad, sino que también niega implícitamente la claridad del juicio particular, que la Iglesia enseña como acto definitivo, pleno de luz, comprensión y consentimiento. El alma, al comparecer ante Dios, ve su vida entera a la luz de la verdad, reconoce su estado con total lucidez y acepta sin apelación su destino eterno.[vi]

Los supuestos «estados intermedios» o «fases de inconsciencia espiritual» que algunos describen tienen su origen no en la Tradición cristiana, sino en los tratados espiritistas de Allan Kardec sobre la reencarnación y la evolución de los espíritus. La Iglesia ha rechazado con firmeza estas doctrinas, que están en total contradicción con la fe católica, y que presentan un alma sin juicio, sin conciencia y sin verdad. Esto es, sencillamente, imposible, pues en el alma reside la sede del conocimiento y la memoria, y está ontológicamente capacitada para recibir –en el juicio particular– la plena revelación de su historia, de su libertad y de su responsabilidad ante Dios.

La afirmación de la existencia de “almas errantes” que desconocen el resultado del juicio de Dios sobre ellas puede diluir el contenido del juicio particular inmediato y generar confusión doctrinal.

¿Qué dice la Carta sobre algunas cuestiones referentes a la escatología y por qué es relevante?

La carta advierte contra:

  • “Teorías de una supervivencia vaga e impersonal”.
  • “Hipótesis sobre estados intermedios o comunicaciones sistemáticas con las almas de los muertos”.
  • Condena cualquier doctrina que contradiga la enseñanza sobre el juicio particular inmediato tras la muerte (cf. Heb 9,27 y Benedictus Deus).

“No se debe introducir el pensamiento de una condición intermedia de los hombres muertos, como si su destino definitivo quedase aún suspendido”. (CDF, 1979, n. 5)[vii]

En este sentido, Luzón podría defenderse diciendo que las almas errantes están salvadas y que ya han recibido un juicio. Pero, como ya hemos visto, en la práctica afirma que las almas del purgatorio no tienen conocimiento ni conciencia de su situación. Estarían, según él, en un estado de “vagancia” (vagando), ignorando el juicio recibido, como si este no tuviera valor ni efecto. De este modo, se vacía de contenido el juicio particular, presentándolo como inoperante, invalidado por la supuesta ignorancia del alma.

Además, considera necesario ofrecer a un alma ya salvada un bautismo de deseo, lo cual, está condenado por la Iglesia y resulta absurdo, ya que un alma, si está salvada, es porque ha recibido la gracia bautismal de alguna manera. Esto hace necesario preguntarse hasta qué punto el demonio es capaz de engañar sin necesidad de un exorcismo, y cuánto más aún cuando se está cara a cara con el padre de la mentira.

Además, Luzón presenta prácticas propias del espiritismo, como guiar almas al “descanso eterno” durante un exorcismo, utilizando este concepto de “bautismo de deseo tras la muerte” (post mortem)[viii]. Esta idea es incompatible con la doctrina católica[ix].

El caso más extremo que cuenta es el de una supuesta alma de un bebé abortado que poseyó a una persona. Según el padre Luzón, la Virgen María le permitió alcanzar un nivel de madurez espiritual de siete años para poder entender lo que el padre Luzón le decía[x]. Esta fantasía es profundamente ofensiva para la doctrina católica sobre la misericordia divina y el papel de la Virgen María como Madre de Misericordia, no como mediadora de sesiones espiritistas[xi]. Además no tiene ninguna base en la Escritura, la Tradición o el Magisterio, que en ninguna parte afirma que las almas de los muertos puedan “crecer” en años o evolucionar.

El ritual de exorcismos anterior a la reforma proveniente del Concilio Vaticano II (aún vigente) ya advertía de las mentiras a las que están expuestos los exorcistas, pues en la introducción, en el punto14, advierte claramente que no debe creer al poseído si se presenta como un alma de un difunto (un alma del purgatorio)

“14. El exorcista no debe perderse en palabrería ni formulando preguntas ociosas o inútiles, sobre todo en relación con las cosas futuras u ocultas que están fuera de su competencia. Debe ordenarle al espíritu malvado que calle y se limite a responder a lo que se le pregunte, y no hay que creerle si el demonio simula ser el alma de un santo o un ángel o incluso un difunto[xii].

Texto original en latín (Instrucción 14)

 

“14. Caveat exorcista, ne verbis otiosis aut superfluis, et maxime curiosis, de futuris vel occultis, quae ad ejus officium non pertinent, se immisceat. Interroget tantum ea, quae scire expedit. Et jubeat spiritui immundo tacere, nec respondere, nisi ad interrogata. Neque credat ei, si se sanctum aliquem, aut angelum, aut animam beati viri, vel alicujus defuncti, mentiatur”.

La práctica del exorcismo no comenzó con el padre P. Javier Luzón, y existen exorcistas mucho más experimentados que él, quienes no tienen por qué darse a conocer ni hacerse publicidad de ningún tipo. Estos, en base a su experiencia, certifican que el demonio se burla de quienes le creen cuando se hace pasar por un alma del purgatorio.

Estos exorcistas hoy aseguran que el demonio puede soportar el agua bendita y los sacramentales, e incluso recitar oraciones de un modo repetitivo (sin verdadero sentimiento) y fingir actos de piedad. Pero cuando el exorcista no cree en sus engaños ni se cree las mentiras que cuenta, entonces el demonio no se sale con la suya y el exorcismo continúa. Este comportamiento del demonio fingiendo que es un “alma errante” tiene un objetivo: que el sacerdote deje a medias el exorcismo; y parece haberlo logrado con el padre Luzón.

Habría que hacer un seguimiento detallado de esos miles y miles de “exorcismos” que el padre asegura haber llevado a cabo. Pero esto no es posible, al igual que tampoco es posible citar con coherencia, nada que respalde sus afirmaciones. Solo pide fe en sus experiencias, cuando la verdadera fe debería rechazarlas, ya que conducen a una cierta apostasía de la verdad.

Luzón cita en su defensa a Santo Tomás y algunos pasajes bíblicos, pero no se da cuenta de que está citando no en su favor, sino en su propia refutación.

Finalmente, Luzón interpreta el término “fantasma” citado en el ritual de exorcismos como sinónimo de “alma errante”, es decir, alma del purgatorio. Pero esto no tiene respaldo en el uso litúrgico ni doctrinal del término. La Iglesia nunca ha enseñado que las almas del purgatorio posean a los vivos. Esta es una construcción ajena al depósito de la fe.

Veamos de forma rigurosa la palabra fantasma en el Ritual de Exorcismos y su procedencia, según la visión de Santo Tomás de Aquino, la cual ha sido asumida en dicho ritual.

1. ¿Hay base en Santo Tomás para hablar de “almas errantes”?

Es cierto que Santo Tomás de Aquino admite en su Suma Teológica que Dios puede permitir, excepcionalmente, que el alma de un difunto se manifieste. Sin embargo, esto no se entiende como una norma general ni como prueba de la existencia de “almas errantes”. Mucho menos se acepta que dichas almas puedan poseer a una persona. Lo que dice Santo Tomás es:

“Según el poder de Dios, las almas separadas pueden, en casos extraordinarios, aparecer a los vivos, ya sea para instruirles o pedir sus oraciones” (S.Th., Suppl. Q.69, a.3).

Nunca se contempla que estas apariciones sean para perturbar o para manifestar rencor, lo cual es incompatible con el estado de un alma en purificación y menos durante un exorcismo.

Tergiversación de Santo Tomás por parte de Javier Luzón

Luzón interpreta esta doctrina como si existiera un fenómeno regular de manifestaciones de almas. Lo cita de forma falaz para apoyar la idea de que el término “fantasma” en el ritual de exorcismos hace referencia a almas humanas errantes. A partir de esto, es necesario examinar qué entiende realmente la Iglesia por “fantasma”.

1.2. “Phantasma” en el pensamiento de Santo Tomás de Aquino

Antropología y psicología tomista

En la filosofía de Tomás de Aquino, phantasma se refiere a la imagen sensible que queda en la imaginación tras la percepción. Tomás sostiene que todo conocimiento humano parte de los sentidos: los datos captados se conservan como “fantasmas” en el sentido interno de la imaginación. Estas representaciones son necesarias para que el intelecto humano pueda abstraer conceptos universales. En sus palabras:

“El ser humano no puede conocer cosa alguna sin recurrir a los fantasmas.”

Teoría del conocimiento

El intelecto agente abstrae la especie inteligible del phantasma, y el intelecto posible forma un concepto universal. El proceso culmina en la conversio ad phantasmata, el retorno al fantasma para aplicar el concepto a la realidad.

Para Tomás, el phantasma es imprescindible en el proceso de conocimiento y refleja la condición encarnada del alma humana.

1.3. El término “phantasma” en el Rituale Romanum

Ritual de 1614

El Rituale Romanum (1614) emplea la expresión “omne phantasma” para referirse a cualquier aparición engañosa provocada por el demonio. En el contexto del exorcismo, “fantasma” significa manifestación ilusoria o espectral del maligno, no alma humana:

“Exorcizo te, omnis spiritus immunde… Omne phantasmata…”

Estas fórmulas reflejan la comprensión de que el demonio puede adoptar formas visibles para perturbar: aparecer como una imagen, una silueta, una presencia, un animal, un espectro… La liturgia conjura al “fantasma” como parte del ataque preternatural.

Ritual de 1999

Tras el Concilio Vaticano II, el ritual fue revisado (De Exorcismis et Supplicationibus Quibusdam). Se eliminan expresiones barrocas como “phantasma”, pero se mantiene la intención doctrinal: expulsar toda acción engañosa del maligno. El lenguaje es más sobrio, pero el contenido permanece.

1.4. Doctrina católica: desmentidos clave

  • En Santo Tomás de Aquino: El phantasma es imagen sensible, no alma ni espíritu. Las almas pueden aparecer excepcionalmente, pero no poseen cuerpos ni se manifiestan como “fantasmas”.
  • En el Catecismo de la Iglesia Católica (CIC):
  • CIC 1022: Juicio inmediato tras la muerte. No hay “almas errantes”.
  • CIC 2116: Se condena la evocación de muertos y toda forma de adivinación.
  • En el Rituale Romanum:
  • El término “fantasma” se refiere a ilusiones del demonio.
  • El ritual de 1999 omite la palabra para evitar confusión, pero mantiene la intención de expulsar toda presencia maligna.

1.5. Peligros de una visión espiritista

Hablar de “almas errantes” como algo común se aproxima a la doctrina espiritista, condenada por la Iglesia:

  • CIC 2116-2117: Condena expresamente la invocación de muertos.
  • Luzón normaliza supuestos contactos con difuntos en exorcismos.

Esto puede abrir puertas a engaños demoníacos, según advierte san Juan de la Cruz: los demonios pueden imitar luces y voces para apartar del verdadero discernimiento. Esto serían los “fantasmas” tal como los define el Ritual.

2. Doctrina sobre la posesión

La Iglesia enseña que la posesión es exclusivamente demoníaca:

  • Ni la Sagrada Escritura, ni la Tradición, ni el Magisterio ni ningún santo canonizado ha enseñado que un alma del purgatorio pueda poseer a alguien privándole de su libertad y hablando a través de él.

2.1. La afirmación de Luzón

Luzón sugiere que un alma del purgatorio puede manifestarse en una persona poseída. Esto:

  • Contradice la doctrina católica.
  • Carece de respaldo en los Padres de la Iglesia o doctores.
  • Está relacionado con prácticas ocultistas.

Conclusión

El uso del término “fantasma” por parte de Javier Luzón para referirse a almas humanas errantes carece de base doctrinal.

  • En Santo Tomás, el phantasma es imagen mental.
  • En el ritual, es manifestación demoníaca.
  • En la doctrina, las almas no vagan ni poseen.
  • La Iglesia exige discernimiento, y condena cualquier forma de espiritismo.

Atribuir prácticas mediúmnicas a la acción de Dios es, como mínimo, temerario.

Resumen del episodio de Saúl y la adivina de Endor

En 1 Samuel 28, el rey Saúl, desesperado porque Dios ya no le responde ni por sueños, ni por profetas, acude a una médium —algo expresamente prohibido por la ley de Dios— y le pide que invoque al profeta Samuel. La médium realiza el rito y dice ver a un “anciano envuelto en un manto”, a quien Saúl identifica como Samuel. Este supuesto “Samuel” le anuncia su muerte inminente.

Este pasaje, sin embargo, no justifica de ningún modo el contacto con los muertos. Por el contrario, el propio texto deja claro que lo que hace Saúl es un pecado grave. En el mismo capítulo se menciona que Saúl ya había expulsado a los adivinos del país (v.3), y que Dios había dejado de responderle. Por ello, recurre a un acto desesperado, expresamente prohibido por la ley mosaica:

“No recurráis a los médiums ni a los adivinos; no los consultéis” (Levítico 19,31).
“Yo me volveré contra la persona que recurre a los médiums” (Levítico 20,6).

Saúl comete un pecado mortal al acudir a la médium, y la Escritura lo presenta como una de las causas de su condena:

“Murió Saúl por su infidelidad… También por haber consultado a una adivina” (1 Crónicas 10,13-14).

Por tanto, usar este pasaje como justificación para contactar con las almas de los difuntos es un error, ya que la Escritura misma condena tal acto. No se puede emplear el relato de un pecado para fundamentar una práctica religiosa válida.

¿Era realmente Samuel quien se apareció?

Este punto ha sido debatido durante siglos por teólogos. Se han propuesto tres grandes interpretaciones:

  1. Fue un engaño de la médium: una farsa.
  2. Fue una aparición real permitida por Dios como una excepción extraordinaria y con fines de juicio.
  3. Fue un engaño demoníaco: una falsa aparición para confundir.

Santo Tomás de Aquino (única y exclusivamente desde el concepto del Seól en el Antiguo testamento y nunca desde el acontecimiento pascual de Cristo que abre el Cielo), considera posible que Dios haya permitido realmente la aparición de Samuel, pero como juicio extraordinario, no como aprobación de la adivinación (S.Th., I, q.89, a.4 ad 2).

Por eso, este relato no puede usarse como base doctrinal, por varias razones clave:

  • La narración es ambigua, no concluyente.
  • Aún no se había abierto el Cielo con la redención obrada por Cristo. Las almas, antes de la Pascua, esperaban en el llamado Seól o “seno de Abraham”, una realidad muy distinta de la vida eterna en Cristo.
  • Utilizar este pasaje como argumento para sostener una “teología de almas errantes” ignora la plenitud de la Revelación cristiana y la unidad del magisterio de la Iglesia.
  • Que Dios lo hubiera permitido una vez en toda la historia de la salvación (como un espíritu acusador, satán es el acusador) no justifica que ahora permita o que ahora suceda regularmente, y menos aun poseyendo a las personas sin culpa ni permiso.

Después de Cristo, las almas ya no permanecen en el Seól, porque el Cielo ha sido abierto por su sacrificio redentor. Cualquier intento de validar prácticas espiritistas o de contacto con “almas en pena” a través de este pasaje implica una ruptura con la verdad revelada y con la doctrina de la Iglesia.

La teología y la experiencia pastoral deben permanecer fieles al Magisterio, para evitar confundir a los fieles y exponerlos a riesgos espirituales reales.

Por ultimo la videncia o mediumnidad no es un don de Dios y san pablo exorciza este tipo de oráculos de la serpiente antigua o satanas:

El episodio del espíritu pitónico:

“Mientras íbamos a la oración, nos salió al encuentro una joven esclava que tenía un espíritu pitónico (pneuma pythōna), y que daba mucho lucro a sus amos adivinando” (Hechos 16, 16).

Esta expresión se traduce como “espíritu de adivinación”, y muestra claramente que San Pablo no dialoga con estos espíritus, sino que los expulsa con la autoridad apostólica.

“Pablo, exasperado, se volvió y dijo al espíritu: -En nombre de Jesucristo te ordeno que salgas de ella. Y en el mismo instante salió” (Hch 16, 18).

El término griego πύθωνα (pýthōna) evoca a la serpiente Pitón de Delfos y al origen pagano de la adivinación. Esta figura está asociada al demonio, la “serpiente antigua” (Ap 12, 9)[xiii].

Por tanto, los videntes, adivinos y médiums, según el Nuevo Testamento y la autoridad apostólica, aunque tengan apariencia de verdad, son demonios y engaños de demonios, a pesar de que den un mensaje que puede ser cierto (“La Iglesia trae el camino de la salvación”) y verdaderamente embaucador:

“Siguiéndonos a Pablo y a nosotros gritaba: — ¡Estos hombres son siervos del Dios Altísimo y os anuncian el camino de la salvación!” (Hch 16, 17).

Sí, aparenta hablar de salvación, embaucando para ganar autoridad y luego inducir a la herejía, la codicia, la vanagloria y la soberbia: “El primer paso que da [el demonio] es tentar con la codicia de riquezas, como suele ser, para que más fácilmente venga al vano honor del mundo, y de aquí a la soberbia inflada.” (San Ignacio de Loyola, Ejercicios Espirituales, n. 142)

San Ignacio también lo dice en las reglas para el discernimiento de espíritus de Primera Semana (¡para principiantes!). Particularmente, en la Regla 4 (n. 327):

“Es propio del maligno transformarse en ángel de luz; entra con lo que el alma buena desea, y sale con lo suyo: con mal fin. Es decir, comienza con pensamientos buenos y santos, para luego atraerla a los suyos ocultamente”.

Conclusiones

Las afirmaciones del padre Luzón se basan en su propia experiencia. Cita también al padre Fortea (actualmente apartado del ministerio exorcístico) y al padre Amorth, quien, ciertamente, ha sido un sacerdote benemérito y ha ayudado a miles de personas, pero no está al seguro de los engaños del demonio. Ninguno lo estamos.

Sin embargo sus afirmaciones están frontalmente en contra de la Sagrada Escritura, la Tradición y el Magisterio, que son las únicas fuentes válidas de Revelación (véase la constitución Dei Verbum). Está en contra además de lo afirmado por todos los teólogos católicos, especialmente de los santos y los doctores de la Iglesia. La idea de que él ha “descubierto” junto con algunas personas más en el s. XX algo que lleva oculto durante toda la historia de la Iglesia resulta sospechoso, y parece más bien un engaño del demonio. Otros han asegurado conocer verdades que la Iglesia había ignorado durante siglos, como Lutero, el fundador de los mormones, el fundador de los testigos de Jehová, etc.

La idea de que un muerto posea a una persona, más allá de morbo que pueda causar a algunas personas, es peligrosa, ya que puede hacer que un fiel poseído por un espíritu inmundo quede sin exorcizar porque el exorcista, engañado, haya pensado que ha “liberado” a un “alma errante”. “El final de aquel hombre es peor que el principio” (Mt 12, 45). Además puede llevar a los fieles a pensar que, de algún modo, sus seres queridos siguen “vagando” por la tierra, lo cual es angustioso, y una tentación hacia el uso de médiums. Por último, puede hacer creer a los fieles que, después de su muerte, podrían quedar “atrapados” en este mundo e inconscientes de su situación.

No existe ninguna manera de justificar estas doctrinas. Este artículo está escrito con el único deseo de orientar a los fieles que están confundidos y reafirmar la doctrina de la Iglesia. No pretender ser un ataque personal al padre Luzón ni desacreditar la gran labor que hace como sacerdote. Tampoco pretende entrar en una discusión interminable; los autores consideramos que con lo aquí dicho queda zanjado el asunto. Además, se elevará una petición al Comité Doctrinal de la Conferencia Episcopal Española para que aclare la posición de la Iglesia sobre las supuestas “almas errantes”. Nuestro único deseo de la búsqueda de la verdad. “Jesucristo es el mismo ayer, hoy y siempre. No os dejéis arrastras por doctrinas complicadas y extrañas” (Heb 13, 8).

Artículo de: P. Jesús Sánchez Sánchez y P. Jesús Mª Silva Castignani

 


[i] “Entre los vivos hay personas que han sido atacadas por la muerte (al nacer); por ello tienen mediumnidad, que es una conexión con los muertos. Las almas errantes (purgatorio) buscan a esas personas, y Dios, en su misericordia, permite que se manifiesten de alguna manera para que reciban oraciones y puedan encauzarse en su purificación.” P. Luzón (minuto 0:10 a 1:10)

[ii] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2116: “Todas las formas de adivinación deben rechazarse: el recurso a Satanás o a los demonios, la evocación de los muertos u otras prácticas que equivocadamente se suponen ‘desvelar’ el porvenir.”

[iii] Benedicto XII, Benedictus Deus (1336), DS 1000–1002. Definición dogmática del juicio particular inmediato tras la muerte.

[iv] Lo ha dicho en multitud de ocasiones, en varios canales, y también en su libro, donde alude a la expresión “todo fantasma” (Las seis puertas del enemigo. Experiencias de un exorcista, pág. 78)

[v] (P. Javier Luzón. ver video minuto 43:05, donde se cita esta frase); en el minuto 33:38 habla de los fantasmas y del ritual de exorcismos.

[vii] Cf. Advertencia de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre algunas cuestiones referentes a la escatología, 1979.

[viii] Afirma también verbalmente que ofrece a los difuntos un bautismo de deseo postmortem, para poder ir al cielo (minuto 41:40).

[ix] Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1257–1261. La Iglesia encomienda a la misericordia divina a los no bautizados, pero no reconoce bautismos post mortem.

[x] Luzón afirma que durante un exorcismo, por su invocación, la Virgen María se manifestó para asistir a un alma del purgatorio, y pidió a la Virgen que le llevara a esa alma a edad de los siete años, para poder hablar con ella…  “evolucionó, avanzo o creció” en su estado espiritual y personal: pasó de tener “2 días de concebida” a “7 años de edad” para poder hablar con Luzón (minuto 39:20).

[xi] Cf. Lumen Gentium, n. 62. La Virgen intercede “hasta la consumación de los siglos”, pero siempre en conformidad con la voluntad de Dios, no como instrumento de revelaciones ocultistas.

[xiii] Apocalipsis 12,9. Identificación de Satanás como “la serpiente antigua”.