InfoCatólica / Cor ad cor loquitur / Categoría: Obipos

23.08.13

¿Qué hace un obispo participando en el mismo congreso que las "Católicas por el derecho a decidir"?

El salón de actos de la central del sindicato Comisiones Obreras en Madrid acogerá del 5 al 8 de septiembre el 33 Congreso de Teología de la Asociación de Teólogos y Teólogas Juan XXIII. El lugar es el mismo de congresos pasados, así que eso no supone ninguna novedad.

Creo que en las primeras ediciones de ese congreso acudieron algunos obispos, pero que yo recuerde, hace años que no asoma por allá ningún prelado. De no ser así, ruego se me rectifique. Sin embargo, este año sí que van a contar con la presencia de un sucesor de los apóstoles. ¿Quién? Pues no podía ser otro que Mons. Raúl Vera, obispo de Saltillo. Pues bien, vean ustedes con quién va a compartir mesa y mantel:
http://www.congresodeteologia.info/congreso/33_Congreso_Programa.pdf

Como ven ustedes, aparece una tal Frida Harth de “Católicas por el derecho a decidir”. No hace falta que les explique qué defienden esas “católicas".

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22.08.13

¿Qué parte del Catecismo y del resto del Magistero no entiende el obispo de Saltillo?

Pónganse ustedes en la tesitura de ser una madre católica que ve como uno de sus hijos empieza a salir con homosexuales. Obviamente no para jugar al fútbol, al mus o al ajedrez. Se acerca a un obispo de la Iglesia Católica, ¿y con qué se encuentra? Con que el obispo le dice: “Pues condénate tú misma, porque tu hijo se formó así en tu vientre… ese niño empezó a ser lo que es desde tu vientre. Así que eres tú la perversa primera".

Bien, es evidente que el tratamiento que ha de darse a los homosexuales no es el de comportarse con ellos como si fueran escoria que hay que limpiar. Antes de las recientes palabras de Francisco, Benedicto XVI, siendo cardenal Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la fe, fue muy clarito:

Es de deplorar con firmeza que las personas homosexuales hayan sido y sean todavía objeto de expresiones malévolas y de acciones violentas. Tales comportamientos merecen la condena de los pastores de la Iglesia, dondequiera que se verifiquen.

Pero eso es tan cierto como lo siguiente (negritas mías) que aparece en el Catecismo:

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21.08.13

La conciencia y la autoridad de la Iglesia

Cuando Lutero montó un cirio a cuento de su oposición a algunas doctrinas católicas, tuvo el valor de jugarse el pescuezo acudiendo a la Dieta de Worms, celebrada en 1521. Iba con un salvoconducto del Emperador Carlos V, que garantizaba su vida aunque no se “solucionara” su rebeldía contra la Iglesia, pero en la memoria estaba lo ocurrido con Juan Huss. El emperador Segismundo le ofreció un salvoconducto para que Hus acudiera al Concilio de Constanza a explicar sus postulados, pero en el concilio, Hus se negó a retractarse y por ello fue condenado por herejía. El rey Segismundo de Hungría lo acusó de traición y le condenó a morir en la hoguera, ejecutándose la sentencia el 6 de julio de 1415. Aunque Lutero contaba con el apoyo importante del príncipe elector Federico el Sabio de Sajonia, dudo que eso le hubiera salvado la vida si el emperador hubiera querido cargárselo. De hecho, una vez retirado en el monasterio de Yuste, Carlos V aseguró que uno de los grandes errores de su reinado era haber dejado libre al heresiarca alemán.

Ese mismo valor que Lutero demostró para jugarse la vida al defender sus tesis ante la Dieta contrasta con su actitud ante los que él consideraba herejes o elementos indeseables de la sociedad en la que vivía. No hay más que ver lo que escribió ante la revolución de los campesinos o sobre los judíos. Pero no es ese el motivo de este post.

Lo que el ex-monje agustino alemán supuso para la Cristiandad fue el triunfo parcial de la tesis del libre examen. A saber, que la opinión particular de una persona sobre la interpretación de la Escritura debe prevalecer sobre la autoridad doctrinal de la Iglesia. De hecho, en Worms lo que se discutía no era si Lutero tenía o no razón en sus tesis sino si él era el que juzgaba las doctinas de la Iglesia o al revés. Estas fueron sus palabras una vez que se negó a retractarse:

Si no se me convence mediante testimonios de la Escritura y claros argumentos de la razón - porque no le creo ni al papa ni a los concilios ya que está demostrado que a menudo han errado, contradiciéndose a si mismos -, por los textos de la Sagrada Escritura que he citado, estoy sometido a mi conciencia y ligado a la palabra de Dios. Por eso no puedo ni quiero retractarme de nada, porque hacer algo en contra de la conciencia no es seguro ni saludable. ¡Dios me ayude, amén!

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13.08.13

El cardenal Cipriani marca el camino a seguir con Sor Teresa Forcades

Si ayer escribí acerca de mi “batalla” contra el liberalismo teológico, contra la secularización interna de la Iglesia, hoy me he despertado con dos magníficas noticias que se pueden leer en la portada de InfoCatólica: “Colombia: Cancelado el evento pro gay en la Pontificia Universidad Javeriana” y “El cardenal Cipriani desautoriza las conferencias que Teresa Forcades iba a impartir en el Perú”.

Hasta donde me alcanza el entendimiento, el Código de Derecho Canónico está vigente para toda la Iglesia. Por tanto, estos artículos deben servir para algo:

381.1. Al Obispo diocesano compete en la diócesis que se le ha confiado toda la potestad ordinaria, propia e inmediata que se requiere para el ejercicio de su función pastoral, exceptuadas aquellas causas que por el derecho o por decreto del Sumo Pontífice se reserven a la autoridad suprema o a otra autoridad eclesiástica.

391. 1. Corresponde al Obispo diocesano gobernar la Iglesia particular que le está encomendada con potestad legislativa, ejecutiva y judicial, a tenor del derecho.

756. 1. Respecto a la Iglesia universal, la función de anunciar el Evangelio ha sido encomendada principalmente al Romano Pontífice y al Colegio Episcopal.
2. En relación con la Iglesia particular que le ha sido confiada, ejerce esa función cada Obispo, el cual ciertamente es en ella el moderador de todo el ministerio de la palabra; a veces, sin embargo, algunos Obispos ejercen conjuntamente esa función para varias Iglesias, según la norma del derecho.

678.1. Los religiosos están sujetos a la potestad de los Obispos, a quienes han de seguir con piadosa sumisión y respeto, en aquello que se refiere a la cura de almas, al ejercicio público del culto divino y a otras obras de apostolado.

La archidiócesis de Lima está gobernada por un cardenal, S.E.R Juan Luis Cipriani, que se ha tomado en serio su condición de pastor del rebaño que le ha sido encomendado. Y en virtud de su autoridad ha desautorizado la presencia de Sor Teresa Forcades, monja benedictina española -catalana-, para dar un seminario doctrinal organizado por la CONFER (Conferencia de Superioras y Superiores Mayores de Religiosos) peruana.

Los lectores habituales de InfoCatólica saben bien quién es la Hna. Forcades. Públicamente se ha manifestado a favor del aborto y del matrimonio homosexual:

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16.07.13

La obediencia a los pastores

A cuento del último documento de la Conferencia Episcopal Española sobre la relación entre los obispos y las órdenes y congregaciones religiosas, determinados sectores del progresismo eclesial están poniendo el grito en el cielo por el hecho de que los pastores hayan pedido a los religiosos que se sometan a ellos. Un sometimiento que está lejos de ser obediencia ciega, tal y como esos sectores quieren vendernos.

En el texto de la CEE vemos que se pide diálogo entre las partes. Es decir, no se trata de “yo mando lo que me da la gana y tú obedeces". Y mucho menos en aquello que es propio de los religiosos, que tienen reconocida canónicamente una autonomía en lo referente a la vida interna de las Congregaciones.

Hay quien llega a decir que es intolerable plantear “la fe en términos de obediencia en lugar de hacerlo como un gesto de libertad, de vida, de alegría, de presencia profética” y reclamar “adhesión de mente y corazón".

Pues bien, me temo que andan muy desnortados los que así opinan. El autor de Hebreos nos dice:

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