(CNE/InfoCatólica) Glenda Giovannardi e Isabella Passaglia, dos abogadas italianas unidas como pareja de hecho y residentes en la ciudad toscana de Lucca, han logrado una sentencia histórica al ser reconocidas ambas como madres legales de sus dos hijos. El fallo del Tribunal Constitucional italiano marca un antes y un después en la legislación familiar del país, al otorgar plena validez jurídica a la figura de la llamada «madre intencional».
El alto tribunal declaró inconstitucional parte de la normativa sobre la Procreación Médicamente Asistida (PMA), concretamente aquella que impedía que una mujer pudiera ser reconocida legalmente como madre de un menor concebido mediante reproducción asistida si no era su progenitora biológica. Esta decisión tiene efectos inmediatos: los niños y niñas nacidos en estas circunstancias podrán contar, a todos los efectos legales, con dos madres.
Giovannardi y Passaglia recurrieron a un tratamiento de reproducción asistida en Barcelona, donde nacieron sus dos hijos: una niña de cuatro años y un niño de tres. La primera fue inscrita legalmente como hija de ambas, pero la normativa cambió en 2023, cuando el Ministerio del Interior italiano dictó una medida que bloqueaba el reconocimiento automático de la madre no biológica en los registros municipales. Como consecuencia, su segundo hijo solo fue reconocido legalmente como hijo de la madre gestante.
La pareja emprendió entonces una batalla judicial que arrancó en los juzgados de Lucca y concluyó en el Tribunal Constitucional. En su resolución, el tribunal afirmó que impedir ese reconocimiento vulneraba varios principios constitucionales: el derecho del menor a una identidad jurídica estable desde su nacimiento, la igualdad de trato entre hijos nacidos en familias heterosexuales y homosexuales que recurren a la reproducción asistida, y la necesidad de garantizar la protección integral de los derechos de la infancia.
El fallo también invoca el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en particular el derecho al respeto de la vida privada y familiar. A juicio de los magistrados, la madre intencional mantiene con el menor un vínculo que nace «ab origine», es decir, desde el inicio, como parte de un proyecto de vida común libremente elegido por ambas mujeres.
El gobierno italiano, en contra
Esta resolución se produce en un contexto político contrario a la ideología de los jueces. Italia está gobernada actualmente por una coalición de derechas encabezada por Giorgia Meloni, firme defensora del modelo tradicional de familia. La ministra de Asuntos Familiares, Eugenia Roccella, ha criticado duramente la sentencia, señalando que «prescindir de los fundamentos biológicos supone borrar deliberadamente la figura del padre o de la madre» y advirtiendo de un «cambio antropológico» que, en su opinión, pone en riesgo el verdadero interés del menor.
El fallo ha sido celebrado por colectivos LGTB como un avance hacia el reconocimiento de la diversidad familiar. En cambio, organizaciones religiosas como la Alianza Evangélica Italiana han manifestado su preocupación por lo que consideran un debilitamiento de la estructura familiar tradicional, basada en la complementariedad entre hombre y mujer.
Italia, cuyo marco legal limita desde 2004 el acceso a la reproducción asistida a parejas heterosexuales, lo cual explica que las mujeres tuvieran que acudir a España, podría verse ahora abocada a revisar en profundidad su legislación familiar.