(InfoCatólica) Castellanos asegura que «es escalofriante la insistencia de la administración pública por acabar con la vida de una chica con enfermedad mental, en contra de la voluntad de la familia. La Generalitat debería utilizar el dinero público para garantizar un tratamiento eficaz a Noelia, en vez de abocarla a morir».
El procedimiento judicial se originó a raíz de la resolución emitida el 18 de julio de 2024 por la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGAC), en la que se reconocía el derecho de Noelia a recibir la prestación de ayuda para morir en virtud de la Ley Orgánica 3/2021.
Tras esta decisión administrativa, se interpuso un recurso judicial que dio lugar a la suspensión cautelar del procedimiento el 9 de agosto de 2024. Más adelante, el 14 de marzo de 2025, se dictó la sentencia 69/2025, que desestimaba el recurso. No obstante, la parte demandante, el padre de Noelia, recurrió en apelación, lo que ha mantenido abierto el caso.
El letrado de la Generalidad ha solicitado al juzgado que confirme si alguna de las partes ha solicitado nuevas medidas cautelares según el artículo 129 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), subrayando que las anteriores habrían decaído con la sentencia. A pesar de ello, el procurador de la parte recurrente informó el 6 de mayo de que las medidas cautelares se mantienen vigentes hasta que haya una sentencia firme.
Esta divergencia sobre la validez actual de las medidas deberá resolverse en sede judicial, mientras la Comisión de Garantía y Evaluación y el resto de implicados esperan una confirmación oficial del estado procesal.