Dos de Salamanca y uno de Valladolid

El TSJ de Castilla y León permite a tres alumnos hacer objeción de conciencia a la EpC

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) acaba de dictar 2 sentencias que eximen a 3 alumnos de cursar EpC reconociendo así su derecho a objetar en conciencia. Los alumnos son de dos Salamanca y uno de Valladolid. Las sentencias reconocen el derecho a que los niños objetores sean exonerados de cursar las asignaturas englobadas en la materia de Educación para la Ciudadanía, sin que esta dispensa pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes. El Tribunal superior castellano-leonés ha usado argumentos jurídicos que el Supremo pasó por alto.

(Educaenlibertad/InfoCatólica) Con 3395 objeciones de conciencia presentadas a EpC, Castilla y León es la cuarta comunidad autónoma con más objeciones a presentadas. Lo más llamativo es que a estas sentencias podrían seguir otras 285, número al que ascienden los recursos presentados por los padres castellanoleoneses en reclamación de la objeción a EpC.

En opinión de Francisco José Ramos Vega, abogado de la mayoría de los objetores castellanoleoneses, las nuevas resoluciones judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) demuestran que el Tribunal Supremo (TS) no zanjó en absoluto la cuestión de si cabe o no objeción de conciencia a EpC. «Hay sólidas razones jurídicas que sustentan la postura de los padres, y esos argumentos, que el TS pasó por alto, constituyen la fundamentación jurídica de estas sentencias, mucho más consistentes técnicamente que las del TS. Además, las sentencias de Castilla y León han apreciado las circunstancias excepcionales que han hecho valer el derecho a los padres a objetar, tal y como reconoce la Constitución y las sentencias del Tribunal Supremo».

Además, según Ramos Vega, la postura del TSJCyL puede extenderse a otras comunidades autónomas en los que hay recursos pendientes o se van a plantear nuevos supuestos, ya que los padres siguen objetando. Por último, el letrado ha anunciado que pedirá la ejecución provisional de la sentencia ya que el curso escolar ha comenzado y los objetores a EpC no van a entrar en clase.

Por su parte, Lourdes Ruano Espina, portavoz de Salamanca Educa en Libertad (una de las plataformas de padres objetores de Castilla y León), ha manifestado que estas sentencias constituyen «una victoria de los padres en defensa de su libertad y en su lucha por la educación de sus hijos conforme a sus convicciones». Por fin el «Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha dirimido la controversia que se sometió a su juicio y que el Tribunal Supremo eludió, y confirma con sus decisiones que EpC no se limita a transmitir valores cívicos o constitucionales, sino que va mucho más allá, incide en la formación moral de los niños, que sólo pueden elegir y decidir sus padres».

«El conflicto creado por EpC no va a terminar mientras no se modifiquen los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas asignaturas. El ministro de Educación está hablando de un pacto educativo; este acuerdo no será firme si se sigue ignorando el conflicto de EpC.  Y nosotros estamos dispuestos a dialogar sobre él», concluye Ruano Espina.

En opinión de Alicia Rodríguez, Secretaria de la plataforma y madre objetora, «tanto el Ministerio como la Consejería de Educación han eludido llegar a una solución dialogada de este conflicto. Por el contrario, la propia Junta de Castilla y León, pese a anunciar reiteradamente su apoyo a los padres objetores, es quien nos ha llevado a los Tribunales. Ahora, con estas sentencias, esperamos que la Junta de Castilla y León  adopte las medidas oportunas para tratar cumplirlas, las  haga extensivas a todos los niños objetores, renuncie a recurrirlas y se ponga por una vez del lado los padres objetores, ya que el Gobierno castellanoleonés, en los recursos planteados, se ha opuesto a reconocer el derecho de los padres a educar a sus hijos de acuerdo con sus convicciones".

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