Un tribunal de Frankfurt anula la norma que impide organizar vigilias de oración cerca de centros de información para abortar

Asociación provida vence en su demanda contra el ayuntamiento

Un tribunal de Frankfurt anula la norma que impide organizar vigilias de oración cerca de centros de información para abortar

El Tribunal Administrativo de Frankfurt dictaminó que las restricciones locales y temporales impuestas por la ciudad de Frankfurt a los fieles que organizaron una vigilia de oración cerca de un centro de asesoramiento para abortar, fueron ilegales

(Kath.net/InfoCatólica) Con la sentencia emitida hoy, la Quinta Sala del Tribunal Administrativo de Frankfurt / Main ha dictaminado que las restricciones de la ciudad sobre el horario y el lugar para una reunión de oración cerca del centro de asesoramiento pro familia en Frankfurt am Main eran ilegales.

Una asociación registrada que hace campaña por la protección de la vida de los niños por nacer y de las mujeres en situaciones de conflicto durante el embarazo había presentado una demanda contra las normas del ayuntamiento de Frankfurt. En la primavera de 2020, la asociación había convocado a una vigilia de oración de 40 días todos los días de 12:00 p.m. a 4:00 p.m. en una zona peatonal en las inmediaciones del centro de asesoramiento pro familia en Palmengartenstrasse.

El Ayuntamiento ordenó a la asociación reunirse en el lugar deseado solo fuera del horario de apertura del centro. La norma indicaba que «durante el horario de apertura, la reunión solo debe permitirse más lejos, para así proteger a las personas que visitan el centro de asesoramiento en la acera de Bockenheimer Landstrasse y la esquina de Beethovenstrasse».

Además, la directiva contenía la orden de que las personas que se encontraban de camino al centro de asesoramiento no deberían ser abordadas de ninguna manera, tal como forzar una conversación o entregar material informativo.

El tribunal ha sentenciado que la actividad de los fieles «sin duda se enmarca dentro del derecho fundamental que protege la libertad de reunión en virtud del artículo 8 de la Ley Fundamental. Esto asegura a los titulares de los derechos fundamentales determinar el lugar, la hora, el tipo y el contenido de la reunión por sí mismos. Las restricciones impuestas por la ciudad interfieren con este derecho».

 

3 comentarios

Ramón montaud
Proteger, era la palabra usado por el Ayuntamiento para dictar lo que dictó, proteger de qué?. De las oraciones del grupo. Nos alegramos del poder de la oracion.
20/12/21 6:00 PM
Jordi
Enmarcado y dirigido a los totalitarios dictadorzuelos del tres al cuarto de Sánchez-Podemos para que se lo coman con patatas:

"la actividad de los fieles «sin duda se enmarca dentro del derecho fundamental que protege la libertad de reunión en virtud del artículo 8 de la Ley Fundamental. Esto asegura a los titulares de los derechos fundamentales determinar el lugar, la hora, el tipo y el contenido de la reunión por sí mismos. Las restricciones impuestas por la ciudad interfieren con este derecho».

Constitución Española de 1978
Artículo 21
1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

Ley Fundamental para la República Federal Alemana, de 23 de mayo de 1949
Artículo 8
1. Todos los alemanes tendrán derecho a reunirse pacíficamente y sin armas sin necesidad de notificación ni autorización
21/12/21 3:46 AM
Marta de Jesús
Cerca o lejos seguiremos rezando. Pero nos querrán impedir incluso rezar en nuestras casas, en nuestra intimidad. Cuando sean obligatorios los instrumentos de control (y tortura al disidente) en los cuerpos. Hacia eso vamos. Y lo justificarán. Al final, la libertad religiosa va a ser, puede ser, nuestra salvación como cristianos. Para no tener que adorar al patas obligatoriamente. Dios nos asista.

Resto fiel 💓✝️🕊️🛐
21/12/21 11:01 AM

Dejar un comentario



Los comentarios están limitados a 1.500 caracteres. Faltan caracteres.

No se aceptan los comentarios ajenos al tema, sin sentido, repetidos o que contengan publicidad o spam. Tampoco comentarios insultantes, blasfemos o que inciten a la violencia, discriminación o a cualesquiera otros actos contrarios a la legislación española, así como aquéllos que contengan ataques o insultos a los otros comentaristas, a los bloggers o al Director.

Los comentarios no reflejan la opinión de InfoCatólica, sino la de los comentaristas. InfoCatólica se reserva el derecho a eliminar los comentarios que considere que no se ajusten a estas normas.

Los comentarios aparecerán tras una validación manual previa, lo que puede demorar su aparición.