El proceso de nulidad matrimonial, gratis y más rápido desde este martes

«El fin de la norma no es favorecer la nulidad de los matrimonios»

El proceso de nulidad matrimonial, gratis y más rápido desde este martes

Este martes entra en vigor el ‘Motu Proprio’ del Papa Francisco, que modifica el proceso canónico para la declaración de nulidad. Los procesos de nulidad matrimonial serán gratuitos y más rápidos a partir de este martes 8 de diciembre, cuando entra en vigor el ‘Motu Proprio’ del Papa Francisco, Mitis Iudix Dominus Iesus (El Señor Jesús, juez clemente).

(Diario de Navarra) Esta modificación del proceso canónico para la declaración de nulidad introduce tres novedades principales: se asegura la gratuidad del proceso, se elimina la obligatoriedad de una doble sentencia conforme, y en los casos más evidentes, será el propio obispo quien lleve la causa.

En torno a 400 nulidades han entrado en el Tribunal de la Rota Española en lo que va de año 2015, aproximadamente las mismas que en 2014, que se cerró con un total de 416 causas de nulidad presentadas y 488 sentencias dictadas. En torno a un 70% de los procesos concluyen con la declaración del matrimonio como nulo.

El Decano del Tribunal de la Rota Española, monseñor Carlos Morán, ha señalado a Europa Press que el Motu Proprio del Papa Francisco «no pretende favorecer la nulidad sino la celeridad de los procesos y la protección de la indisolubilidad del matrimonio». En todo caso, no descarta que a partir de este martes entren más causas.

«No es descartable que comporte un aumento de los procesos de nulidad, sobre todo si se tiene en cuenta que hay factores geográficos, de tiempo y también económicos nuevos, que pueden influir en la decisión de muchos fieles de iniciar un proceso de nulidad», precisa Morán. Si bien insiste en que el fin de la norma «no es favorecer la nulidad de los matrimonios, ni mucho menos».

Sobre la gratuidad de los procesos, Morán recuerda que, aunque el Papa pone un acento especial en esta cuestión, los tribunales «ya vienen trabajando desde hace muchos años en este sentido», de modo que ningún fiel se vea privado del acceso a los tribunales de la Iglesia por razones económicas.

Con este fin se creó la figura de los patronos estables y se permitía el acceso a la justicia gratuita. De hecho, en la Rota Española en torno al 40% de las causas de nulidad tienen patrocinio gratuito y todos los tribunales de la Iglesia son «deficitarios» desde el punto de vista económico.

A pesar de ello, Morán considera que hay que escuchar «la intuición del Santo Padre de atender, si cabe mejor, a los que tienen menos recursos, revisando los criterios de todos los operadores jurídicos, no sólo los tribunales, también los abogados» pues, según explica, la parte más costosa de un proceso de nulidad son precisamente los letrados y no las tasas de los tribunales que suponen de media «el 20% del coste total de una causa». Concretamente, la media de las tasas del Tribunal de la Rota son de 550 euros.

AGILIZACIÓN DE LAS CAUSAS

En cuanto a la agilización de las causas, Morán recuerda el canon 1453 del Código de Derecho Canónico, que establece como tiempos máximos para resolver una causa un año para la primera instancia y seis meses para la segunda. En el Tribunal de la Rota Española estuvieron dentro de esta ratio temporal en 2014.

Desde este martes, las medidas que ha tomado el Papa «podrán contribuir» a reducir el tiempo de resolución de estos procesos. En cualquier caso, acerca de la supresión de la doble sentencia conforme, Morán advierte de que «por sí sola es insuficiente» pues se han modificado los títulos de competencia, por lo que los cónyuges tendrán más movilidad a la hora de presentar la causa de nulidad y podrían agruparse muchas causas en determinados tribunales.

Por otro lado, Morán asegura que uno de los aspectos más positivos de la reforma es la insistencia del Papa en el papel de los obispos respecto de la administración de la justicia en la Iglesia, pues a partir de ahora, los obispos podrán actuar como jueces en los procesos en los que la causa de nulidad sea muy evidente.

No obstante, el decano del Tribunal de la Rota Española cree que el proceso breve será seguramente un proceso «extraordinario» pues para que se pueda optar por él, deben concurrir una serie de circunstancias: Que la demanda haya sido propuesta por ambas partes o con el consentimiento de la otra parte; que se verifiquen circunstancias de hechos y personas, sostenidas por testimonios y documentos, que no requieran de una investigación más pormenorizada. Y en su opinión, «no es fácil que se verifiquen todos estos elementos al inicio del proceso».

Además de la mayor brevedad de los procesos, Morán insiste en que hay que prestar mucha atención en lograr «una mayor formación de los operadores judiciales, no solo en derecho procesal y matrimonial sino también en psicología y psiquiatría y sobre los entresijos de la vida conyugal». «Determinar lo que aconteció en un acto que se celebró pasados muchos años, no es ni mucho menos fácil», asevera.

11 comentarios

Veronica
Yo no tengo ni idea de estas cosas, pero cuando fui a declarar al proceso de nulidad de mi hermana, su abogada me dijo que esta medida era populista y que se notaba que quien la hubiera hecho no tenía ni idea de lo que requería el proceso. Ella era abogada de oficio y mi hermana apenas a pagado gastos de abogados. Decía que queda muy bien de cara a la galería pero que no era realista ni justa. Es la única opinion que conozco de alguien que sepa del tema. Me choco por que yo pensaba que la gente que trabaja en esto estaría contenta...
8/12/15 3:45 PM
Miquel Gassiot Matas
Gracias Papa Francisco!
Supongo que se trata de separar la gestión de los sacramentos de los ingressos económicos. La indisolubilidad del matrimonio es algo que està por encima de los contratos humanos. En conseqüència,jamás deberia haver sido una cuestión de dinero el deshacer un compromiso establecido en el ámbito de la santidad.
8/12/15 4:25 PM
Noticias de Fondo
Tengo para mí que esta reforma es parte de un todo aún no acabado. El Papa movió al Sínodo para unas conclusiones a las que falta su propio documento. Doy por descontado que el documento del Papa incorporará las posturas de Kasper y los alemanes de comunión a los divorciados vueltos a juntar. Con ello, la reforma canónica completa la perspectiva y efectivamente ambos, nueva doctrina y su herramienta en el derecho canónica, propenderán al divorcio católico y la separación de muchos creyentes de la autoridad papal
8/12/15 5:03 PM
Chimo
Noticias de Fondo, si fuera así tendríamos un Papa hereje. No quiero creer que llegue a esos extremos pero si lo hace ya sabe lo que tiene que hacer a continuación.

Miquel, antes ya había procesos de nulidad que resultaban gratuitos, a las parejas con escasos recursos económicos. A los abogados y letrados hay que pagarles igual así que no se de donde saldrá el dinero.
8/12/15 8:38 PM
Luis López
La gran bomba de este nuevo procedimiento es la reforma del canon relativo a la carga de la prueba, que es invertida en el sentido que deseen los cónyuges.

El canon anterior exigía que las declaraciones de las partes, para tener el valor de prueba, deberían ser corroboradas por testigos o pruebas externos.

Ahora es al revés. Las declaraciones de las partes ya tienen de por sí valor de prueba, salvo que sea desmentida por otra prueba externa.

Es esa norma -la entronización del subjetivismo en el proceso- lo que va a revolucionar éste en cuanto a la posibilidad de conceder nulidades, no la simplificación, la gratuidad de los procesos o la intervención de los obispos. La que va a convertir este procedimiento -como temíamos los católicos que nos tomamos en serio las palabras de Jesús- en una suerte de "divorcio católico".

De facto va a ser imposible denegar nulidades cuando ambas partes lo deseen, aunque lleven treinta años casados, tengan quince hijos y se hayan casado con plena madurez de juicio.

Los deseos de los cónyuges ahora serán ley. Por supuesto tendrán que responderán ante el Cielo. Pero no ante la institución a quien Cristo ordenó "atar" y "desatar" aquí en la tierra.
8/12/15 9:15 PM
frayescobabcn
Divorcio express católico!
8/12/15 11:59 PM
Gabriela de Argentina
Nulidades para todos y todas!
9/12/15 5:11 AM
Víctor Posada
Me he dado cuenta que están desapareciendo los pecados poco a poco.

En esta ocasión le ha tocado desaparecer al pecado de Adulterio.
9/12/15 5:23 AM
olivares
No se dan cuenta de que no hay nada gratis. Lo que uno no paga lo paga otro.

Mi madre, viuda, con sus donativos a la Iglesia estará costeando las nulidades matrimoniales de todos, ricos y pobres, sensatos y frívolos.

LO lógico es qué se siga cobrando una tasa a los que puedan para autofinanciar los procesos de nulidad.
9/12/15 7:28 PM
Raffael Vegga
Los comentarios precedentes son un mini sondeo o pequeña encuesta en el ámbito catolico. Estoy de acuerdo: lo que ha hecho Francisco es gravísimo. En 1741 Benedicto XIV estableció la doble instancia y El defensor del vínculo. San Pío X inicio el proceso de codificación en 1904. Trece años más tarde en 1917 entro en vigor el código de derecho canónico, que estuvo vigente hasta 1983. Tanto en el código de 1917 como en el código 83 se respetó lo dispuesto por la Iglesia en 1741. Benedicto XVI y Juan Pablo II respetaron esas normas. El Papa Francisco ha cambiado toda la normativa de la Iglesia Católica en torno al vínculo, según Dios estableció desde un principio y Jesucristo reafirmó. No lo ha hecho en la doctrina, pero sí en lo que realmente cambia las costumbres: en la vida práctica. Los hijos ¿son disolubles o alguien puede declarar la nulidad de una familia que se vino abajo por obra y gracia de la "misericordia" de Francisco. De ahora en adelante, que chica va a casarse con seguridad de que a los tres meses o tres años su esposo le diga que no estuvo seguro de si creía o no en el sacramento del matrimonio. Por beneficiar a los casos pasados, se hace un inmenso daño a los esposos e hijos futuro. Rezo y rezo y rezo para que Dios intervenga.
9/12/15 10:30 PM
Santo Dios! La Iglesia que "ata y desata"... misericordiosam
Los deseos de los cónyuges ahora serán ley?... Por supuesto tendrán que responderán ante Dios. Pero no ante la institución a quien Cristo ordenó "atar" y "desatar" aquí en la tierra?... se me hace confuso! "Ven pronto, señor!!!"
10/12/15 6:21 PM

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