Histerectomía y procreación

MEDebemos agradecer a Bruno Moreno por haber estado atento a lo que parece ser una contradicción con el Magisterio anterior que se ha deslizado en la reciente Respuesta de la Congregación para la Doctrina de la fe sobre ciertos casos de histerectomía y haber llamado la atención sobre el tema. Dada la importancia del asunto y para que haya más voces sobre ello, escribimos el siguiente “post” que en buena medida repite lo que Bruno y otros ya han dicho.

Todos los subrayados en negrita son nuestros.

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Copiamos la parte central de la Respuesta de la Congregación para la Doctrina de la Fe y la “Nota ilustrativa” que la acompaña:

Duda: Cuando el útero se halla de forma irreversible en un estado tal que ya no puede ser idóneo para la procreación, y médicos expertos han alcanzado la certeza de que un posible embarazo conducirá a un aborto espontáneo, antes de que el feto pueda alcanzar el estado de viabilidad. ¿Es lícito extirparlo (histerectomía)?

Respuesta: Sí, porque no se trata de esterilización.

Nota ilustrativa

La duda se refiere a algunos casos extremos, recientemente presentados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que constituyen un caso diferente de aquel al que se dio respuesta negativa el 31 de julio de 1993. El elemento que hace esencialmente diferente la pregunta actual es la certeza alcanzada por médicos expertos de que, en caso de embarazo, el mismo se detendría espontáneamente antes de que el feto alcance el estado de viabilidad. Aquí no se trata de dificultades o riesgos de mayor o menor importancia, sino de una pareja para la cual no es posible procrear.

El objeto propio de la esterilización es impedir la función de los órganos reproductores, y su malicia consiste en el rechazo de la prole: es un acto contra el bonum prolis. En el caso contemplado en la presente duda, se sabe con certeza que los órganos reproductivos no son capaces de custodiar a un concebido hasta su viabilidad, es decir, no son capaces de llevar a cabo su función procreativa natural. La finalidad del proceso procreativo es dar a luz a una criatura, pero aquí el nacimiento de un feto vivo no es biológicamente posible. Por lo tanto, no estamos ante un funcionamiento imperfecto o arriesgado de los órganos reproductores, sino ante una situación en la que la finalidad natural de dar a luz a una prole viva es imposible.

La intervención médica en cuestión no puede juzgarse como anti-procre­ativa, porque se está en presencia de un contexto objetivo en el que ni la procreación ni como resultado la acción anti-procreativa son posibles. Excluir un aparato reproductivo que no es capaz de llevar a término un embarazo no puede por lo tanto calificarse como esterilización directa, que es y sigue siendo intrínsecamente ilícita como fin y como medio.”

https://press.vatican.va/content/salastampa/es/bollettino/pubblico/2019/01/03/res.html

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El argumento que presenta la Nota ilustrativa, entonces, es el siguiente:

Hay esterilización directa solamente si se realiza una intervención cuya finalidad objetiva sea impedir la procreación. (“El objeto propio de la esterilización es impedir la función de los órganos reproductores, y su malicia consiste en el rechazo de la prole: es un acto contra el bonum prolis. En el caso contemplado en la presente duda, se sabe con certeza que los órganos reproductivos no son capaces de custodiar a un concebido hasta su viabilidad, es decir, no son capaces de llevar a cabo su función procreativa natural.”)

Pero la histerectomía en el caso considerado no tiene la finalidad objetiva de impedir la procreación.

Por tanto la histerectomía, en estos casos, no es esterilización.

Prueba de la Menor: No tiene la finalidad objetiva de impedir la procreación una intervención que sólo impide la concepción sin impedir el nacimiento. Pero la histerectomía en el caso considerado tiene la finalidad objetiva de impedir la concepción sin impedir el nacimiento. Ergo.

Prueba de la Mayor del último argumento: La procreación no incluye solamente la concepción, sino también el nacimiento, de tal modo que hasta el nacimiento no hay procreación.

(“(…) se sabe con certeza que los órganos reproductivos no son capaces de custodiar a un concebido hasta su viabilidad, es decir, no son capaces de llevar a cabo su función procreativa natural. La finalidad del proceso procreativo es dar a luz a una criatura (…) en caso de embarazo, el mismo se detendría espontáneamente antes de que el feto alcance el estado de viabilidad. Aquí no se trata de dificultades o riesgos de mayor o menor importancia, sino de una pareja para la cual no es posible procrear.”

Prueba de la Menor del mismo argumento: No puede tener la finalidad de impedir el nacimiento una operación que se realiza allí donde el nacimiento ya es imposible.

“(…) se está en presencia de un contexto objetivo en el que ni la procreación ni como resultado la acción anti-procreativa son posibles (…)”

Es evidente que aquí se refiere a la imposibilidad del nacimiento, pues en el caso que se considera se parte de la base de que la concepción es posible, como vimos.

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Para lo que sigue nos basamos en el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe Respuestas a las preguntas presentadas sobre el “aislamiento uterino y otras cuestiones, de 1993, allí donde dice:

(…) . Cuando el útero - por ejemplo, a causa de precedentes intervenciones cesáreas - se encuentra en tal estado que, aunque no constituya en sí un riesgo actual para la vida o la salud de la mujer, no está ya previsiblemente en condiciones de llevar a término un futuro embarazo sin peligro para la madre - peligro que en algunos casos puede resultar incluso grave -, ¿es lícito extirparlo (histerectomía) a fin de prevenir tal eventual peligro futuro derivado de la gestación?

Respuesta: No.

(…) Desde el punto de vista moral, es distinto el caso de los procedimientos de histerectomía y “aislamiento uterino” en las circunstancias descritas en las preguntas 2ª y 3º; aquí nos encontramos en el supuesto moral de esterilización directa, la cual, en el documento Quaecumque sterilizatio (AAS LXVIII 1976, 738-740, n. 1), es definida como una acción que « tiene como único efecto inmediato hacer a la facultad generativa incapaz de procrear ». « Por ello, continúa el documento, a pesar de cualquier buena intención subjetiva de aquellos cuyas intervenciones se inspiran en la curación o prevención de una enfermedad física o mental, prevista o temida como resultado de un embarazo, tal esterilización queda absolutamente prohibida según la doctrina de la Iglesia ».”

http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_31071994_uterine-isolation_sp.html

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Sobre esta base, entendemos que del Magisterio anterior de la Iglesia se deduce la siguiente Tesis:

No es  moralmente lícito practicar la histerectomía en prevención de posibles abortos espontáneos en el caso de un útero dañado.”

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Primer argumento:

No es moralmente lícito lo que es intrínsecamente malo. Pero la histerectomía en el caso considerado es intrínsecamente mala. Ergo.

Prueba de la Menor: La esterilización directa es intrínsecamente mala. Pero la histerectomía en el caso considerado es esterilización directa. Ergo.

Prueba de la Menor de este último argumento: Toda intervención por la que se extirpa un órgano reproductor con la finalidad de evitar la concepción de una nueva vida es esterilización directa. Pero la histerectomía en el caso considerado es una intervención por la que se extirpa un órgano reproductor con la finalidad de evitar la concepción de una nueva vida. Ergo.

Prueba de la Mayor de este último argumento: La esterilización, según la citada respuesta previa de la Congregación para la Doctrina de la fe en 1993, es “una acción que « tiene como único efecto inmediato hacer a la facultad generativa incapaz de procrear ».” Pero una acción que tiene como único efecto inmediato hacer a la facultad generativa incapaz de concebir, hace a esa facultad generativa incapaz de procrear. Por tanto, una intervención así es esterilizante.

Prueba de la Menor de este último argumento: La procreación ya está dada con la concepción.

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Véase este texto del Papa Pio XII tomado de su Alocución al VII Congreso Internacional de Hematología, en Roma, en 1958 (traducción nuestra):

Par stérilisation directe, Nous entendions   désigner l’action de qui se propose,   comme but ou comme moyen, de rendre impossible la procréation ; mais Nous   n’appliquons pas ce terme à toute action, qui rend impossible en fait la   procréation. L’homme, en effet, n’a pas toujours l’intention de faire ce qui   résulte de son action, même s’il l’a prévu. Ainsi, par exemple, l’extirpation d’ovaires malades aura   comme conséquence nécessaire de rendre impossible la procréation ; mais   cette impossibilité peut n’être voulue ni comme fin, ni comme moyen. Nous   avons repris en détail les mêmes explications dans Notre allocution du 8   octobre 1953 au Congrès des urologistes. Les mêmes principes s’appliquent au cas présent et interdisent de   considérer comme licite l’extirpation des glandes ou des organes sexuels,   dans le but d’entraver la transmission de caractères héréditaires défectueux.   Ils permettent aussi de résoudre une question très discutée aujourd’hui chez   les médecins et les moralistes : Est-il   licite d’empêcher l’ovulation au moyen de pilules utilisées comme remèdes aux   réactions exagérées de l’utérus et de l’organisme, quoique ce médicament, en   empêchant l’ovulation, rende aussi impossible la fécondation? Est-ce   permis à la femme mariée qui, malgré cette stérilité temporaire, désire avoir   des relations avec son mari? La réponse dépend de l’intention de la personne.   Si la femme prend ce médicament, non   pas en vue d’empêcher la conception, mais uniquement sur avis du médecin,   comme un remède nécessaire à cause d’une maladie de l’utérus ou de   l’organisme, elle provoque une stérilisation   indirecte, qui reste permise selon le principe général des actions à   double effet. Mais on provoque une   stérilisation directe, et donc illicite, lorsqu’on arrête l’ovulation, afin   de préserver l’utérus et l’organisme des conséquences d’une grossesse, qu’ils   ne sont pas capables de supporter. Certains moralistes prétendent qu’il   est permis de prendre des médicaments dans ce but, mais c’est à tort. Il faut   rejeter également l’opinion de plusieurs médecins et moralistes, qui en   permettent l’usage, lorsqu’une indication médicale rend indésirable une conception trop prochaine, ou en d’autres   cas semblables, qu’il ne serait pas possible de mentionner ici; dans ces cas   l’emploi des médicaments a comme but   d’empêcher la conception en empêchant l’ovulation ; il s’agit donc de   stérilisation directe.

 

Por esterilización directa, quisimos designar la acción de quien se propone,   como fin o como medio, hacer imposible   la procreación; pero no aplicamos este término a toda acción que hace   imposible la procreación. De hecho, el hombre no siempre tiene la intención   de hacer lo que resulta de su acción, incluso si lo ha previsto. Así, por   ejemplo, la erradicación de ovarios   enfermos tendrá la consecuencia necesaria de hacer imposible la procreación;   pero esta imposibilidad no puede ser pensada como un fin ni como un medio.   Hemos reiterado las mismas explicaciones en Nuestro discurso del 8 de octubre   de 1953 al Congreso de Urólogos. Los mismos principios se aplican en el   presente caso y prohíben considerar   lícita la práctica de extirpar las glándulas u órganos sexuales para impedir   la transmisión de rasgos hereditarios defectuosos. También resuelven una   pregunta muy controvertida hoy entre médicos y moralistas: ¿es lícito prevenir la ovulación por   medio de pastillas que se usan como remedios para reacciones exageradas del   útero y el organismo, aunque esta droga, al prevenir la ovulación, también   hace imposible la fecundación? ¿Es ello permisible para una mujer casada   que, a pesar de esta infertilidad temporal, desea tener relaciones con su   esposo? La respuesta depende de la intención de la persona. Si la mujer está   tomando este medicamento, no para   prevenir la concepción, sino solo por consejo del médico, como un remedio   necesario debido a una enfermedad del útero o del organismo, esto causa una   esterilización indirecta, que es permisible de acuerdo con el principio   general de acciones de doble efecto. Pero se provoca una esterilización directa y, por lo tanto, ilícita, cuando   se detiene la ovulación, para preservar el útero y el organismo de las   consecuencias del embarazo, que no pueden soportar. Algunos moralistas   afirman que está permitido tomar medicamentos para este propósito, pero se   equivocan. También debemos rechazar la opinión de varios médicos y   moralistas, que permiten el uso, cuando una indicación médica hace indeseable   una concepción demasiado pronto, o en otros casos similares, que no sería   posible mencionar aquí ; en estos casos, el uso de medicamentos está destinado a prevenir la concepción   mediante la prevención de la ovulación; Por eso es esterilización directa.

 

En este texto, es claro que para Pio XII toda intervención destinada a hacer imposible la concepción hace imposible la procreación y por tanto es esterilización directa, y por ello, intrínsecamente mala.

El Papa no se pone a considerar si posteriormente el embarazo habría podido llegar a término o no, debido por ejemplo al estado del útero. Ahora bien, es claro que ya en su tiempo se sabía que en algunos casos el útero puede estar en condiciones que lleven a un aborto espontáneo. Si el concepto de “procreación” que utilizaba Pio XII hubiese sido aquel que incluye en ella el nacimiento, entonces necesariamente debería haber afrontado el tema en forma explícita y haber dicho cuál es la doctrina de la Iglesia al respecto.

El caso es que no lo hace y que entonces todo hace pensar que para él, y para toda la enseñanza del Magisterio que procede de él y de sus predecesores, la procreación ya está dada con la misma concepción.  De ello se sigue que, independientemente del estado del útero, el solo hecho de hacer imposible la concepción, con la finalidad de que no se produzcan embarazos, como es en el caso que discute la actual Respuesta de la CDF, hace imposible, con esa finalidad, la procreación, y entonces, es esterilización directa.

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Además, si decimos que no hay procreación hasta el nacimiento, como viene a decir la Nota explicativa que estamos comentando, entonces, o bien decimos que la procreación es otra cosa diferente de la trasmisión de la vida a un nuevo ser humano, o bien decimos que no existe un nuevo ser humano hasta el nacimiento. Pero ambas cosas son evidentemente absurdas.

La primera alternativa, además, plantea la pregunta de por qué poner el nacimiento como punto en que se completa el proceso procreativo, y no algún momento anterior o posterior. Afecta más directamente al nuevo ser humano, en efecto, el desarrollo del cerebro, o el primer latido del corazón, en términos de lo anterior, o la conciencia del “yo” o el aprender a hablar, en términos de lo posterior, que el hecho de abandonar el vientre materno.

En esa misma línea, a lo que dice la Nota explicativa: “La finalidad del proceso procreativo es dar a luz a una criatura.”, se podría responder que la finalidad del proceso procreativo, en definitiva, y en el orden actual de cosas, en que el ser humano está ordenado a un fin sobrenatural, es que ese ser humano llegue a la visión beatífica.

Si nos queremos quedar en un hipotético orden meramente natural, para decir cuál es la finalidad natural de la procreación, deberíamos decir, entonces, que consiste en la felicidad natural que las almas inmortales separadas de los cuerpos tendrían mediante el conocimiento natural de Dios como Causa Primera a partir de lo creado.

La segunda alternativa, evidentemente, abre la puerta a la justificación del aborto.

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Además,  si lo malo de impedir que el acto sexual llegue a la procreación es impedir que el acto sexual alcance su finalidad natural, entonces sin duda que es moralmente malo impedir que el acto sexual desemboque en la producción de un nuevo ser humano, que sin duda es finalidad natural del acto sexual, y que ya está dada con la concepción.

En efecto, la Encíclica Humanae Vitae de Pablo VI pone la ilicitud de impedir que el acto sexual sea procreativo en la contradicción que ello tiene con la finalidad natural del acto sexual, que es “trasmitir la vida”, “originar la vida”:

“(…) quien reflexiona rectamente deberá también reconocer que un acto de amor recíproco, que prejuzgue la disponibilidad a transmitir la vida que Dios Creador, según particulares leyes, ha puesto en él, está en contradicción con el designio constitutivo del matrimonio y con la voluntad del Autor de la vida. Usar este don divino destruyendo su significado y su finalidad, aun sólo parcialmente, es contradecir la naturaleza del hombre y de la mujer y sus más íntimas relaciones, y por lo mismo es contradecir también el plan de Dios y su voluntad. Usufructuar, en cambio, el don del amor conyugal respetando las leyes del proceso generador significa reconocerse no árbitros de las fuentes de la vida humana, sino más bien administradores del plan establecido por el Creador. En efecto, al igual que el hombre no tiene un dominio ilimitado sobre su cuerpo en general, del mismo modo tampoco lo tiene, con más razón, sobre las facultades generadoras en cuanto tales, en virtud de su ordenación intrínseca a originar la vida, de la que Dios es principio. (…)“ (n. 13)

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Además, con la concepción hay procreación o no la hay. En el primer caso, toda acción anticonceptiva es antiprocreativa y por tanto, esterilizante y moralmente ilícita. En el segundo caso, la procreación consiste solamente en el nacimiento, lo cual es absurdo. En efecto, si hasta el nacimiento no hay procreación y con el nacimiento comienza a haberla, es que el nacimiento y la procreación son lo mismo.

Si se responde que hasta el nacimiento no hay procreación completa, pero sí incompleta, el hecho es que en ninguna parte del Magisterio eclesiástico se exige que la procreación sea “completa” para que pueda tener lugar una acción antiprocreativa y esterilizante, sino que se pone la maldad moral de la esterilización y la anticoncepción en que son contrarias a la procreación, sin más.

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Pero es que tampoco tiene sentido hablar de “procreación incompleta” antes del nacimiento. El ser humano es algo sustancial, el nacer, es accidental. Y como lo accidental supone lo sustancial, y se subordina a ello, si el fin natural del acto sexual es que nazca un ser humano, con mucha más razón es fin natural del acto sexual la existencia misma de ese nuevo ser humano, que ya está dada en la concepción.  

Y entonces, si el fin  natural del acto sexual es la procreación, mucho más estará dada la procreación con la existencia de un nuevo ser humano, que con su nacimiento.

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Por todo ello, aún si insistiese en querer que la procreación no esté dada o no esté dada completamente hasta el nacimiento, el hecho entonces sería que mucho más grave moralmente que impedir la procreación sería hacer imposible que el acto sexual desemboque en la concepción de un nuevo ser humano.

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Además, en Lc 1, 36 – 37 dice:

Mira, también Isabel, tu pariente, ha concebido un hijo en su vejez, y este es ya el sexto mes de aquella que llamaban estéril, porque ninguna cosa es imposible para Dios.»

En el sexto mes de embarazo, la Escritura habla de que ha sido concebido un hijo. Pero el hijo es, justamente, el término o producto de la procreación, la cual, por tanto, según este texto, ya está dada antes del nacimiento.

En Lc. 1, 41 dice:

Y sucedió que, en cuanto oyó Isabel el saludo de María, saltó de gozo el niño en su seno, e Isabel quedó llena de Espíritu Santo;”

Lo mismo en Lc. 1, 44:

“Porque, apenas llegó a mis oídos la voz de tu saludo, saltó de gozo el niño en mi seno.”

La Escritura llama “niño” al fruto de la concepción antes del nacimiento, por tanto, la procreación ya ha tenido lugar, pues sin duda que el niño es el término o producto de la procreación.

¿Quién va a decir que un niño que salta de gozo en el seno de su madre todavía no ha sido procreado?

En Lc. 1, 42 – 43, dice:

“y exclamando con gran voz, dijo: «Bendita tú entre las mujeres y bendito el fruto de tu seno; y ¿de dónde a mí que la madre de mi Señor venga a mí?”

Isabel llama a María “Madre de mi Señor”, por tanto, la Escritura llama Madre a María antes del nacimiento de Jesús. Pero el acto que constituye a la mujer en madre es justamente la procreación. Por tanto, implícitamente la Escritura dice que la procreación ya está dada antes del nacimiento.

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Por otra parte, no se puede decir que en el caso que se considera en la actual Respuesta de la CDF la procreación no tendría sentido alguno. Baste para ello remitirse al Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1261:

“1261 En cuanto a los niños muertos sin Bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina, como hace en el rito de las exequias por ellos. En efecto, la gran misericordia de Dios, que quiere que todos los hombres se salven (cf 1 Tm 2,4) y la ternura de Jesús con los niños, que le hizo decir: “Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis” (Mc 10,14), nos permiten confiar en que haya un camino de salvación para los niños que mueren sin Bautismo. Por esto es más apremiante aún la llamada de la Iglesia a no impedir que los niños pequeños vengan a Cristo por el don del santo Bautismo.”

Es claro que esto incluye a niños que han muerto antes de nacer, sea por aborto espontáneo o por aborto procurado. 

No se puede decir que no han sido procreados, o que no son hijos, o que no ha  tenido sentido su existencia.

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Véase además el significado comúnmente dado en biología y ciencias médicas a la “procreación”:

“La procreación es el término que designa al proceso biológico que consiste en la reproducción y multiplicación de la propia especie. Cabe destacarse que en nuestro idioma se utiliza más el concepto de reproducción para designarlo. (…) La reproducción humana tiene lugar entre los seres humanos de diverso sexo, hombre y mujer. Se produce satisfactoriamente cuando los gametos de un lado y del otro, espermatozoide de parte del hombre y óvulo de parte de la mujer se unen efectivamente dando paso al huevo o cigoto que a partir de ese momento comenzará a sufrir una serie de divisiones celulares en el desarrollo embrionario que finaliza con la obtención de un embrión.”

https://www.definicionabc.com/ciencia/procreacion.php

Más allá de que en realidad en el caso del ser humano hay que hablar más de “procreación” que de “reproducción”, el caso es que aquí se afirma claramente que la procreación está dada con la concepción.

Otras referencias:

“procrear : tr. Reproducir, engendrar y multiplicar la propia especie.”

http://www.wordreference.com/definicion/procrear

Algunas en inglés, dado que la versión inglesa de la “Nota explicativa” usa el término “procreative function”:

“On the contrary, in the case considered in the question, it is known that the reproductive organs are not capable of protecting a conceived child up to viability, namely, they are not capable of fulfilling their natural procreative function.”

http://press.vatican.va/content/salastampa/it/bollettino/pubblico/2019/01/03/0005/00014.html#en

“Procreate (…) (of people or animals) produce young; reproduce.”

https://en.oxforddictionaries.com/definition/procreate

verb (used with object), (…)

to beget or generate (offspring).

to producebring into being.

verb (used without object), pro·cre·at·ed, pro·cre·at·ing.

to beget offspring.

to producebring into being.”

https://www.dictionary.com/browse/procreative

Por lo que toca a “to beget”:

“verb (used with object), (…)

(especially of a male parent) to procreate or generate (offspring).

to cause; produce as an effect: belief that power begets power.”

https://www.dictionary.com/browse/beget?s=t

A pesar la circularidad, es claro que “to procreate” se refiere al acto de engendrar, de traer a la existencia (“bring into being”) el cual está ya cumplido en la concepción.

“Procreate (…) to reproduce sexually.”

https://dictionary.cambridge.org/es/diccionario/ingles/procreate

En latín:

“Procreatio: reproducción (…) proceso biológico que permite la creación de nuevos organismos

https://es.glosbe.com/la/es/procreatio

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Además, la esterilidad es la incapacidad de concebir, por tanto, una intervención quirúrgica que quita la capacidad de concebir, como es la histerectomía en el caso considerado, es esterilizante.

La consecuencia es evidente. Probamos el antecedente por el modo habitual de hablar en biología y medicina:

“La esterilidad es la incapacidad para concebir y la infertilidad la imposibilidad para finalizar la gestación con el nacimiento de un niño sano.”

https://www.institutobernabeu.com/es/faq/diferencias-entre-esterilidad-e-infertilidad-primarias-y-secundarias/

“Según la Real Academia Española de la Lengua, estos términos son sinónimos, definiéndolos como la “incapacidad de la hembra para concebir y la incapacidad del macho para fecundar”. Pero desde el punto de vista médico esta definición no es correcta. Aunque en ambos casos indican dificultades para concebir, son conceptos diferentes. Veamos en qué se diferencian.

La esterilidad es la incapacidad para concebir después de tener relaciones sexuales habituales sin usar métodos anticonceptivos. Es decir, no se logra fecundar el óvulo. Se habla entonces de un problema de fertilidad.

La infertilidad es la imposibilidad de finalizar la gestación de forma satisfactoria con el nacimiento de un bebé sano. Es decir, es posible que un espermatozoide fecunde un óvulo y conseguir el embarazo, pero no se logra una gestación evolutiva. Se habla entonces de un problema de infertilidad.”

http://www.vitafertilidad.com/blog/causas-infertilidad/diferencias-infertilidad-esterilidad.html

“Se entiende por esterilidad la incapacidad, tanto por parte del varón como de la mujer, para concebir. La esterilidad se clasifica en: primaria (cuando la pareja, tras un año de relaciones sin tomar medidas de protección, no ha conseguido un embarazo) y secundaria (la de la pareja que, tras la consecución del primer hijo, no logra una nueva gestación tras 2 o más años de intentarlo). El tiempo mínimo a partir del cual se habla de esterilidad se fija en un año de relaciones sexuales con deseo de descendencia.

El concepto de infertilidad es distinto: es la incapacidad para producir un hijo vivo. Así, se denomina infertilidad primaria la que padece una pareja que consigue una gestación que no llega a término con un recién nacido normal, e infertilidad secundaria cuando, tras un embarazo y parto normales, no se consigue una nueva gestación a término con recién nacido normal.”

http://www.elsevier.es/es-revista-farmacia-profesional-3-articulo-esterilidad-e-infertilidad-humanas-abordaje-13018349

“La esterilidad es la imposibilidad de lograr un embarazo. (…) Se habla de infertilidad cuando una mujer ha conseguido uno o más embarazos, pero no han llegado a término o se ha producido la muerte del bebé horas después del parto.”

https://www.serpadres.es/antes-del-embarazo/fertilidad/articulo/que-diferencia-hay-entre-infertilidad-y-esterilidad

“Si bien a veces estos términos se utilizan de forma indistinta, su significado no es exactamente el mismo. La esterilidad es la imposibilidad de poder quedar embarazada mientras que la infertilidad es la dificultad para conservar o retener el embarazo.”

http://www.mundobebe.com/contenido/Diferencia-entre-esterilidad-e-infertilidad-2418

“La esterilidad se trata de la no consecución de un embarazo. Puede ser primaria si la pareja nunca ha conseguido tener un hijo o esterilidad secundaria si después de haber tenido hijos no se consigue un nuevo embarazo. (…) La infertilidad se diagnostica cuando una mujer ha conseguido uno o más embarazos, pero no han llegado a término.”

https://barcelonaivf.com/infertilidad-y-esterilidad-diferencias/

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Por tanto, parece que la siguiente referencia canta “extra chorum”:

“La esterilidad es la incapacidad para llevar a término un embarazo (para tener un hijo vivo). Esta imposibilidad de reproducir se puede producir porque los órganos sexuales no funcionan bien o porque los gametos son defectuosos.

La infertilidad alude a la imposibilidad de concebir. Se considera que existe un problema de esterilidad o de infertilidad cuando no se ha podido tener un hijo vivo, después de un año de mantener relaciones sexuales sin utilizar algún método anticonceptivo, como el preservativo, con la finalidad de procrear.”

https://cuidateplus.marca.com/enfermedades/ginecologicas/esterilidad-infertilidad.html

Nótese lo confuso de la referencia: luego que ha dicho que la esterilidad es la incapacidad de llevar a término un embarazo dice que la causa pueden ser órganos sexuales o gametos defectuosos, lo cual más bien impide la concepción misma, según el sentido correcto de “esterilidad”.

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Por lo que respecta a la premisa de nuestro argumento que dice: “la histerectomía en el caso considerado es una intervención por la que se extirpa un órgano reproductor con la finalidad de evitar la concepción de una nueva vida.”, eso es lo que dice implícitamente el texto de la “Respuesta”: (…) “médicos expertos han alcanzado la certeza de que un posible embarazo conducirá a un aborto espontáneo” (…) “en caso de embarazo, el mismo se detendría espontáneamente antes de que el feto alcance el estado de viabilidad.”

O sea, son casos en que la concepción es posible, pero no, al menos muy probablemente, el nacimiento. Por tanto, de lo que se trata con esta intervención es de evitar la concepción de un nuevo ser humano, pues, como dice el mismo texto de la “Respuesta”, no se puede evitar lo que ya es imposible, que en este caso es el nacimiento o llegada a término del embarazo.

En este sentido, estamos ante un acto anticonceptivo. En realidad, toda esterilización es anticonceptiva, y si hubiese, que no sabemos, una que no lo fuese, la única posibilidad sería que fuese abortiva.

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Al argumento de la Nota explicativa, entonces, respondemos así:

A la última Mayor: Como ya se dijo, la procreación es la trasmisión de la vida a un nuevo ser humano, y eso ya está realizado con la sola concepción, antes del nacimiento.

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Segundo argumento a favor de nuestra tesis:

No se puede hacer lo que es intrínsecamente malo. Pero la histerectomía en el caso considerado es intrínsecamente mala. Ergo.

Prueba de la Menor: La anticoncepción es intrínsecamente mala. Pero la histerectomía en el caso considerado es anticonceptiva. Ergo.

Prueba de la Menor del último argumento: Por lo que dice la misma “Respuesta”, no se puede evitar en esos casos el nacimiento, porque éste ya es imposible, debido al daño que afecta al útero, luego, lo único que se trata de evitar es la concepción, en el supuesto que los esposos tengan relaciones sexuales en períodos fértiles, pues por otra parte se dice que en el caso de que la concepción se produjese, se produciría un aborto espontáneo, y eso es lo que se quiere evitar.

Pero una intervención destinada a impedir la concepción en el supuesto de que los esposos tienen relaciones sexuales en períodos fértiles, es anticonceptiva.

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Se puede objetar que la anticoncepción hace imposible la procreación porque hace imposible el nacimiento, ya que éste tiene como condición de posibilidad la concepción, y la anticoncepción hace imposible la concepción.

Siendo entonces en el caso considerado imposible el nacimiento, la anticoncepción ya no puede impedirlo, y entonces, tampoco puede hacer imposible la procreación, y entonces, en todo caso, no es moralmente mala.   

A esto respondemos que, como se ha dicho, la procreación ya está dada con la concepción, y entonces, la anticoncepción hace imposible la procreación por el solo hecho de hacer imposible la concepción, independientemente de que además hace imposible el nacimiento.

De lo contrario, no habría maldad moral alguna en el hecho de impedir que el acto sexual desemboque en la concepción, como tal y en sí mismo considerado, sino que toda la maldad moral de la anticoncepción vendría del hecho de que se impide el nacimiento de un ser humano.

En ese caso, como la maldad moral del hecho de impedir que el acto sexual sea procreativo viene de que se va contra la finalidad natural del acto sexual, como arriba se ha dicho, aquí se estaría diciendo que la trasmisión de la vida a un nuevo ser humano, dada ya en la concepción, no es en sí misma y como tal finalidad natural del acto sexual, lo cual es absurdo y va contra el texto de la Humanae Vitae arriba citado.

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Con gran dolor y pesar nos vemos en la obligación de hacer lo que dice Santo Tomás de Aquino en IIa – IIae, q. 33 a. 4, c:

“La corrección que es acto de justicia por coacción penal, no incumbe al súbdito respecto de su prelado. Pero la corrección que es acto de caridad atañe a cada cual en relación con las personas a las que debe amar si ve en ellas algo reprensible. En efecto, el acto que procede de un hábito o potencia se extiende a cuanto comprende el objeto de esa potencia o hábito, lo mismo que la visión abarca todo cuanto esté bajo su objeto. Pero dado que el acto virtuoso debe estar regulado por las debidas circunstancias, en la corrección del súbdito hacia su superior debe guardarse la debida moderación, o sea, no debe hacerlo ni con protervia ni con dureza, sino con mansedumbre y respeto. Por eso en 1 Tim 5,1 escribe el Apóstol: No increparás al anciano, sino exhórtale como a padre. Por eso mismo también reprocha Dionisio al monje Demófilo por haber corregido de manera irreverente a un sacerdote golpeándole y echándolo de la iglesia.”

Y en la respuesta al segundo argumento:

“2. Reprender a la cara y en público (Gál 2,11) rebasa a la moderación de la corrección fraterna. Y San Pablo no habría reprendido de esa manera a San Pedro si no hubiera sido de alguna manera su igual en la defensa de la fe. Mas amonestar oculta y severamente puede hacerlo incluso quien no sea igual. Por eso, escribiendo a los Colosenses 4,17 pide San Pablo reprender al superior, en estos términos: Decid a Arquipo: cumple tu ministerio. Hay que tener en cuenta, no obstante, que en el caso de que amenazare un peligro para la fe, los superiores deberían ser reprendidos incluso públicamente por sus súbditos. Por eso San Pablo, siendo súbdito de San Pedro, le reprendió en público a causa del peligro inminente de escándalo en la fe. Y como dice la Glosa de San Agustín: Pedro mismo dio a los mayores ejemplo de que, en el caso de apartarse del camino recto, no desdeñen verse corregidos hasta por los inferiores.”

25 comentarios

  
alejandra
Por cada aborto espontáneo que sufre una mujer, el proceso para su sanación es una pesadilla. Raspajes, consultas, estudios, dolores, todo un sufrimiento en carne de la mujer... por cada aborto espontáneo.

Desde la comodida de una silla, detrás de un editor de texto en una página web, siendo varón, seguramente eso... ni fu, ni fa. Ni que me entero, ni no me entero ni que le asigno nada de entidad. Qué lindo escribir artículos enteros sin mencionar lo que le sucede a la mujer en las semanas (no horas ni minutos) en las semanas y hasta meses después de cada aborto espontáneo... es hermoso.

Sin embargo, ante estos casos en los que la mujer va a sufrir abortos espontáneos, comprobado médicamente, hubo una duda. Hubo una consulta y hubo una respuesta. Que sí es legítimo extirpar el útero. Punto y aparte, a otra cuestión.

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Por supuesto, cuando se sabe que hay peligro prácticamente cierto de aborto espontáneo, la solución está en no tener relaciones sexuales en los días fértiles. Es más, pienso que en todo caso, en esa hipótesis la cuestión de si tener o no relaciones sexuales en esos días por lo menos debe ser analizada moralmente sopesando los argumentos a favor y en contra.

Por otra parte, no es aconsejable perder tiempo leyendo cosas de poca entidad, y menos aún, comentándolas.

Saludos cordiales.
21/01/19 5:22 PM
  
alejandra
Ergo, esterilizar es hacer estéril algo que antes era fértil. Siendo que ya no funciona, y ante la duda puntual, se respondió que sí, que como ya no funciona ya no cumple su función, es lícito extirparlo, porque no puede ser considerado esterilización. Más claro: agua

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Es que ahí no dice que los óvulos y los espermatozoides no funcionen, o que no funcione el lugar en que ha de producirse la fecundación. Por el contrario, parte de la base de que es posible la concepción y que eso mismo es lo que plantea el problema.

Según sus mismas palabras, entonces, no es lícito extirpar lo que sí funciona. Pero la histerectomía de que se habla aquí, o hace también imposible la concepción, y entonces, extirpa algo que sí funciona, o no, y entonces es peor, porque es abortiva.

Saludos cordiales.
21/01/19 5:56 PM
  
alejandra
No pueden estar viendo todo siempre en lo más mínimo sin ver el todo. El útero no es el Santo Útero que sea un dios que funciona solito... hay una mujer. Se le da permiso a la mujer, luego de que no haya otras alternativas, para que extirpe su útero en caso de que ya sea probado que no existe posibilidad médica de que nazca ninguna persona de él, con mas todo el sufrimiento y tradtorno médico que implica ese tipo de casos. Qué manera de aferrarse a la idolatría de algo que no es un ídolo. El útero no es un ídolo. La mujer tiene un cuadro médico. Pregunta. Se le da respuesta. Eso es todo. La respuesta final es que en esos casos, luego de considerar TODA la situación, se permite.

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En todo caso, la que planteó el tema en términos "idolátricos" fue Ud:

"Ergo, esterilizar es hacer estéril algo que antes era fértil. Siendo que ya no funciona, y ante la duda puntual, se respondió que sí, que como ya no funciona ya no cumple su función, es lícito extirparlo, porque no puede ser considerado esterilización. Más claro: agua"

En definitiva, mi argumento es el que está expuesto en el "post". Tiene premisas y conclusión, la cual es la tesis que defiendo. Si la conclusión es falsa, es, o bien porque al menos una premisa no es verdadera, o bien porque la conclusión no se sigue de las premisas.

Porque si las premisas son verdaderas y la conclusión se sigue necesariamente de las premisas, entonces la conclusión es verdadera, y no hay nada más que discutir.

Eso es lo único que cabe debatir ante un argumento así, como hice yo mismo en el "post" con el argumento de la CDF, en vez de aducir vaguedades que no significan nada concreto.

Saludos cordiales.
21/01/19 6:27 PM
  
María de las Nieves
En su post ha añadido un término interesante en este proceso no es esterilización directa ,pero la histerectomia si es una acción esterilizante.

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Más bien he argumentado, entiendo, que sí es esterilización directa, porque la única finalidad de una intervención semejante es hacer imposible la concepción, y por ende la procreación, como digo en el "post", extrayendo órganos que son necesarios para ella.

También digo que incluso si, por imposible, eso no fuese esterilización, aceptando la acepción de "procreación" que trae el documento, que en realidad entiendo que es errada, de todos modos sería inmoral, por impedir una finalidad natural importantísima del acto sexual como es el dar origen a la vida de un nuevo ser humano, como dice San Pablo VI en el pasaje que cito en el "post" de la "Humanae Vitae".

Saludos cordiales.
21/01/19 8:21 PM
  
Daniel Lagos de Perú
Genial Post.

No hay por donde evadir la inmoralidad de la histerectomia. Por más que se esfuercen lo que se esfuercen en El vaticano...... como no hay por donde evadir la inmoralidad de la comunión de los divorciados vueltos a casar, etc etc...

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Muchas gracias, disculpe que se lo edite un poco. La histerectomía sólo se justifica cuando es necesaria para proteger la salud o la vida de la mujer.

Saludos cordiales.
21/01/19 11:14 PM
  
alejandra
Inmoral es pretender jugar a ser Dios, creando vida por unos instantes tan sólo para que se pierda luego. Eso es una vergüenza. Qué están buscando? Parecería el diablo mismo hablando.

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Me parece que se está excediendo un poco y que eso puede justificar que sus comentarios no sean publicados. En cuanto a lo que dice, volvemos a su primer comentario, y a mi primera respuesta: la solución es no tener relaciones en los días fértiles, aunque tampoco estoy diciendo que sea inmoral hacerlo en esos casos. Hablo de los esposos, claro.

Saludos cordiales.
21/01/19 11:59 PM
  
alejandra
De todas maneras, al fin y al cabo, más allá de lo que tipeen en un editor de texto de una página web fría, la calidez perseveró y la duda se respondió, y se dejó expresamente claro que es un caso especial en el que sí es permitida la histerectomía. Los de afuera, son de palo.

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Todo lo que he leído sobre este tema lo he leído en frías páginas web que seguramente han funcionado gracias a un editor de texto. También lo que dice la CDF. La calidez puede ser de muchos tipos y a veces es mejor algo más fresco. Lo que está claro es lo que la Iglesia enseñado siempre sobre estos temas.

Saludos cordiales.
22/01/19 12:00 AM
  
gringo
Ahora nos enteramos que según Infocatólica la función natural de un útero es albergar un embrión durante un tiempo, sin importar si acaba naciendo un niño o si es abortado al cabo de semanas sistemáticamente.

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¿Como que es ligeramente diferente, no? Es cierto que los abortos espontáneos ocurren en forma bastante regular, pero para el caso en que eso se puede prever con un 99 %, como dice Amorós, de certeza, se plantea a los esposos la cuestión ética de si tener o no relaciones sexuales en los días fértiles.

Ahí el principio general es que lo intrínsecamente malo no puede hacerse nunca. Lo que no es intrínsecamente malo, puede tener consecuencias malas, o no. Si las tiene, esas consecuencias pueden ser accidentales o esenciales, previstas e intentadas de algún modo, o no, próximas o remotas, dependientes o no de la acción de alguna otra causa, y su maldad puede ser mayor o no que la bondad de la acción a la realizar.

Todo eso se debe evaular para poder decir si las malas consecuencias son intentadas directamente o al menos indirecta e interpretativamente, en ambos casos, la acción es ilícita moralmente y no se debe realizar.

Saludos cordiales.
22/01/19 9:50 AM
  
Néstor
En este caso, y hablando así en general, la consecuencia mala, la muerte del hijo, es prevista, no intentada directamente, "per accidens", porque no se sigue del acto sexual como tal, sino agregando una causa, que es el útero en mal estado, lo próxima o remota no me queda claro, sin duda que muy remota no es, su maldad parece ser mayor que la bondad de la acción a realizar.

En definitiva, la acción será lícita o ilícita moralmente, el caso es que aún siendo lícita, los esposos pueden decidir que no quieren correr el riesgo y que sólo van a tener relaciones en los días infértiles.

Saludos cordiales.
22/01/19 3:16 PM
  
gringo
Pero es que tener hijos no es una obligación. Ni tampoco embarazarse.
Y Dios le dio a las mujeres un útero para poder tener hijos, no para tener abortos.
Si un útero no puede llevar un embarazo a buen puerto, es un útero que no cumple su función natural.
Dios dijo "creced y multiplicaos" no "creced y embarazaos". El embarazo es para tener hijos no es un fin en sí mismo.
Si una mujer no puede tener hijos no tiene sentido que se embarace.

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Exacto, tener hijos no es una obligación, al menos en el plano individual. Por eso es que casarse, individualmente hablando, tampoco es una obligación. Si uno se casa, sí, es para tener hijos, aunque por razones graves puede por un tiempo practicar la abstinencia en los períodos fértiles.

Los abortos espontáneos son algo habitual, es parte de como funciona la naturaleza humana. Efectivamente, un útero que no puede llevar un embarazo a término no cumple con su función natural, como un ojo que no puede ver.

Con la diferencia de que extirpar el ojo ciego no tiene la consecuencia de privar al acto sexual de su fin natural, que sí sucede en el otro caso.

El embarazo no es un fin en sí, pero todo acto sexual debe estar abierto a la transmisión de la vida, de lo contrario se violenta su naturaleza. Por eso en el caso en discusión la opción es no tener relaciones en los días fértiles.

El embarazo es la consecuencia natural de un acto sexual realizado en la forma en que debe realizarse. Por eso, como ya dije un par de veces, en esos casos hay que considerar la posibilidad de no tener relaciones los días fértiles.

Pero incluso si en ese caso los esposos tienen relaciones en los días fértiles, no están realizando ningún acto intrínsecamente malo, ni que de suyo lleve a malas consecuencias, la consecuencia mala es accidental y se debe al daño del útero, a partir de ahí hay que conseguirse un buen casuista que analice detalladamente el caso.

Saludos cordiales.
22/01/19 3:34 PM
  
alejandra
Si sólo van a tener relaciones en días infértiles, esto es están expresamente buscando la infertilidad, son tan culpables e inmorales como el que usa un preservativo. El fin es preservar y no quedar embarazados. Es una cosa arcaica de toda arcaicadidad :-)

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El preservativo frustra el fin natural del acto sexual, no así la abstinencia, por la sencilla razón de que ahí no hay acto sexual cuyo fin natural frustrar o no frustrar, y no hay ningún mandamiento que diga que se debe estar teniendo relaciones sexuales continuamente. En español existe la palabra "arcaicidad", esa otra no.

Saludos cordiales.
22/01/19 7:30 PM
  
Juana de Arco
Pues déjenme terciar para decirles que desde que leí la noticia, tuve la certeza de que había un error grande! Y no soy letrada, ni teóloga. Pero como la Humanae Vitae fue escrita en el año en que me casé, supongo que mi generación tenía las cosas más claras. Me preocupa qué vamos a hacer ahora para que corrijan esta situación. Si las dubia no han sido respondidas, qué hacemos ahora con la CDF???? Esto es muy grave. Se abrió la puerta, a mi parecer, a la ligadura de trompas, los anticonceptivos y el aborto. Dios nos valga!

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Hay que rezar y esperar a que la misma Iglesia lo corrija.

Saludos cordiales.
23/01/19 2:13 AM
  
gringo
No, casarse no es para tener hijos. Las parejas estériles pueden casarse, curiosamente el código de derecho canónico admite como causa de anulación la impotencia pero no la esterilidad.
Los matrimonios católicos deben estar abiertos a la vida pero tener hijos no es una obligación, los hijos se aceptan pero no hay obligación de buscarlos.
Y la Iglesia intepreta que estar abiertos a la vida es poder traer hijos al mundo, no basta con traer abortos, y por eso se permite la histerectomía.

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Las parejas estériles no están obligadas a tener hijos, porque nadie está obligado a lo imposible. Pero las parejas no estériles se casan, entre otras cosas, para tener hijos. Estar abierto a la vida y buscar el hijo es lo mismo, si se tienen relaciones sexuales, que en el matrimonio se deben tener salvo que renuncien a ello de mutuo acuerdo.

Estar abiertos a la vida implica no poner trabas a la realización natural del acto sexual. Si se plantea un problema como el que se plantea en el documento de la CDF, una opción es abstenerse de relaciones sexuales en los días fértiles.

Saludos cordiales.
23/01/19 9:23 AM
  
alejandra
Yo no mencioné la abstinencia. Dije que buscar tener relaciones los días inférciles frustra el fin natural del acto sexual, tal como lo hace alguien usando preservativo. El sólo hecho, el simple hecho, tan solo mirar un calendario para ver si se puede copular en día infértil es ya de por sí la aceptación de que se busca fornicar por el sólo placer sexual y "sin riesgo". Ahora bien, eso me parece ok, pero es lo mismo que se busca con un preservativo. Por lo tanto es contradictorio hablar de frustración del fin natural del acto sexual por el preservativo pero aceptar los días infértiles. El fin es exactamente el mismo. Pecadores ambos.

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El acto humano se evalúa moralmente por el objeto, el fin o intención y las circunstancias.

En el caso del recurso lícito a los períodos infértiles, la intención no es fornicar, cosa que en el matrimonio no se debe hacer nunca, sino cumplir con uno de los fines del matrimonio, que es el fin unitivo, de un modo responsable teniendo en cuenta la dificultad en que actualmente se encuentra la pareja para criar un hijo más.

Si se recurre a un método anticonceptivo, la intención puede que sea la misma, pero el acto queda viciado porque se frustra su finalidad natural.

Frustrar la finalidad natural de un acto es algo que sólo se puede hacer cuando el acto se realiza, no cuando no se realiza.

Saludos cordiales.
23/01/19 12:27 PM
  
gringo
Estar abiertos a la vida es distinto de casarse para tener hijos.
Y qué fácil es para un hombre soltero hablar de mantener relaciones en días fértiles.
Un treinta por ciento de mujeres nunca puede saber con precisión cuáles son sus días fértiles, porque el cuerpo femenino no es un reloj suizo.
En cualquier caso veo que algunos se quejan de vicio. Cuando Roma no responde a las dudas, malo. Y cuando responde, peor.
¿Qué fue de aquello de Roma locuta causa finita?.

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Efectivamente, Roma ya habló sobre el tema en 1993 y dijo lo siguiente, como se lee en el "post":

"(…) 2ª. Cuando el útero - por ejemplo, a causa de precedentes intervenciones cesáreas - se encuentra en tal estado que, aunque no constituya en sí un riesgo actual para la vida o la salud de la mujer, no está ya previsiblemente en condiciones de llevar a término un futuro embarazo sin peligro para la madre - peligro que en algunos casos puede resultar incluso grave -, ¿es lícito extirparlo (histerectomía) a fin de prevenir tal eventual peligro futuro derivado de la gestación?

Respuesta: No."

Si no es lícito extirpar el útero por el peligro que un posible embarazo representaría para la salud o vida de la madre, tampoco, lógicamente, por el peligro que un posible embarazo representaría para la vida del hijo.

La única diferencia está en que al ser el hijo el que está en peligro en esta hipótesis, da pie para un uso del termino "procreación" que es totalmente irreal y que sirve para decir que en ese caso no hay esterilización porque no se va contra la "procreación", al ser ésta ya imposible, como si la "procreación" no estuviese ya dada con la concepción misma, como es en la realidad y como entiende todo el mundo según explico en el "post".

En cuanto a los días fértiles, existen equipos de profesionales capacitados para enseñar a aplicar los métodos naturales, así que lo que no se sabe sobre ellos se puede aprender si se lo desea.

Saludos cordiales.
23/01/19 4:34 PM
  
gringo
Y cuando la respuesta es SÍ Uds a seguir dando la tabarra.
Todo el mundo entiende que la procreación empieza con la concepción, excepto la SCDF, y un montón de católicos (especialmente católicas ) y todos los que no somos católicos.
Simplemente parece que por una vez Roma va a dar un respiro a las mujeres y admite que es demasiado cruel obligar a una mujer a padecer aborto tras aborto sin poder dar a luz un niño.
Y ni el mejor ginecólogo del mundo podría calcular con exactitud los días fértiles de todas las mujeres que se le presentaran, porque por pura estadística hay mujeres que simplemente no tienen ni tendrán una regla regular.
Incluso una mujer que funcionara como un reloj tendría problemas por estrés, cambio de dieta, etc.
Y los espermatozoides pueden vivir hasta 72 horas dentro del cuerpo de la mujer, así que eso de los días fértiles es simplemente un juego de azar.

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Efectivamente, con la concepción ya hay procreación. Vea las citas que tengo en el "post", que no son de católicos.

Por otra parte, no creo que Ud. sea especialista en los métodos naturales.

Saludos cordiales.
23/01/19 8:17 PM
  
Néstor
Acá tengo algunas más:

"The process by which an organism produces others of its biological kind"

Recorded since circa 1386, from Old French procreacion (14th century; Modern French procréation), from Latin procreatio (“generation"), the noun of action from procreare (“to bring forth (offspring)"), itself from pro- (“forth") + creare (“to create")

https://en.wiktionary.org/wiki/procreation

"The production of offspring; reproduction."

https://en.oxforddictionaries.com/definition/procreation

To produce offspring; reproduce.

https://www.thefreedictionary.com/procreation

The generation of children

https://thelawdictionary.org/procreation/


Saludos cordiales
23/01/19 8:58 PM
  
María de las Nieves
Lo primero hay una mujer gestante que ha podido tener abortos repetitivos y su utero y también pudo ser una trompa se extirpan ,son hechos reales que ocurren en Medicina y sin ser una esterilización directa se practica ,bien porque múltiples legrados dejaron el utero inservible como dice la dubia.
Sin un caso clínico concreto y sin tener en cuenta todo el historial de la mujer,,solo desde punto de vista médico y sin datos es muy difícil hacer una valoración moral.
La dubia como está planteada es insuficiente para un análisis correcto ya que antes está el hecho objetivo ,mujer sufriente ,peligro de hemorragias abortos ,rupturas uterinas etc etc.
Digo el planteamiento de la dubia ,no los casos clínico médicos concretos que son hechos reales y afectan a la mujer.
Y no es plan ante un caso clínico de una mujer con problemas uterinos oponer esterilización directa, ya que estaríamos en otra intencionalidad y otro objetivo
Una afectación clínica de la mujer y esta patología existe no se puede tratar tan simple. Con un si o no ,faltan datos objetivos y una falta de respeto a la vida de la mujer y a sus futuros bebés que acaban en abortos.

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El caso que plantean a la CDF es claro: el único problema que hay es que si hay embarazo no llega muy probablemente a término. Sólo sobre esta hipótesis tratan el documento y nuestro análisis del mismo.

Saludos cordiales.
24/01/19 12:20 AM
  
Andrés-Eduardo Luis
En los seres vivos células homólogas a nuestros espermatozoides y óvulos, por divisiones celulares, dan seres pluricelulares. Son seres vivos que existen sin ser concebidos. En la naturaleza son más abundantes los seres vivos de este tipo que los desarrollados a partir del cigoto. En todos los seres vivos el cigoto da el medio para que exista una relación génica intima que permite el intercambio génico que da origen a la nueva vida, la llamada en los documentos pontificios: "única, exclusiva e irrepetible". De la expresión génica, de esta nueva vida, depende su corporeidad. Los expertos en moralidad afirman que es la naturaleza el fundamento de la moral.

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El hecho es que normalmente se entiende que la procreación está dada con el comienzo de la existencia del nuevo ser vivo.

Saludos cordiales.
24/01/19 12:33 PM
  
Andrés-Eduardo Luis
Con la reproducción sexual, en todos los seres vivos, siempre aparece lo nuevo: "único, exclusivo e irrepetible". El cigoto es el medio para que surja lo nuevo; él no tiene, en ningún caso, nada nuevo; todo lo nuevo es, siempre, anterior a él. Todos los seres vivos con reproducción sexual procrean, gracias a esto existen. En el ciclo biológico no existe una fase no viva del ser vivo.
24/01/19 6:14 PM
  
Catholicvs
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Su argumento es demasiado elaborado para poder analizarlo :)

Saludos cordiales.
24/01/19 9:43 PM
  
Andrés-Eduardo Luis
Al finalizar la educación secundaria obligatoria, los alumnos que no pasan de curso por ley sino por conocimientos, entienden, porque deben conocerlo, el argumento excesivamente elaborado. En el examen de acceso a la universidad, los conceptos del argumento son básicos para la clasificación por notas, tan valiosas, para la elección de la licenciatura que los alumnos quieren estudiar.

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Me da la impresión de que Ud. creyó que mi respuesta a Catholicus era para Ud.

Saludos cordiales.
26/01/19 4:43 PM
  
JUAN NADIE
GRINGO
Te quejas de que en IC dan la tabarra.
Es que no lo comprendes.
Es que no comprendes ni tus propias contradicciones.
Analiza lo que escribes desde afuera de ti mismo.
Tu no crees en Dios, y menos en Cristo, ¿Te parece lógico y coherente quejarte por esa supuesta tabarra?
Esto no es un club de debate, es una página catolica. Y es lógico y normal que los expertos que hay por aquí analicen las cuestiones moras que surgen, a la luz de la lógica y del Evangelio.
Puedes no compartir sus conclusiones, me extrañaría que las compartieses, pero no puedes quejarte de que sean honestos, porque sin darte cuenta expones tu propia contradicción.
¿como es posible que a alguien que se pretende racional, moderno, sin prejuicios, le preocupe que los católicos, realmente católicos se reafirmen en su doctrina? ¿No debería ser al reves desde la distancia de un ateismo superior? No se entiende. ¿Te entiendes tu?
Hay gente que simplemente odia la religión. Sin embargo tu te lees una y otra vez los temas, y alguno no fáciles, como las explicaciones de este Blog. Me resulta sorprendente, y mas que no te sorprenda a ti tu actitud.
28/01/19 12:59 PM
  
JUAN NADIE
ALEJANDRA
Es usted muy injusta con el blogger.
El ser mujer no le da derecho a cercenar el derecho de los demas a pensar, y a razonar, maxime cuando se realiza desde la lógica y el respeto al Magisterio.
Trate de explicarse, pero moralmente los dolores de una mujer en un aborto espontaneo no suponen un argumento moral para validar o no la licitud de un acto.
Debe usted de entender esto, porque si no, es que no va poder razonar nada. Va a estar equivocada sin remedio de antemano. No se si me explico.
Que conste que yo no entro en el debate, porque aunque lo he leido rápido no lo he hecho con suficiente tiempo.
Si bien es cierto que me fio del Blogger y de su conocimiento y razonamiento.
28/01/19 1:15 PM
  
Andrés-Eduardo Luis
Es cierto, no se como ´funcionan´ estas cosas y creí que era para mi la respuesta a la que hace referencia.
28/01/19 5:42 PM

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