14.02.21

Rito de la Ceniza en tiempos de pandemia: una Nota oficial, una lectura crítica y una explicación de la Tradición

ceniza 1 Con motivo de la maldita pandemia que nos azota, la Cong. para el Culto divino ha emitido una Nota sobre cómo se desarrolla el rito de la imposición de la Ceniza, para el próximo Miércoles de Ceniza, en este 2021. Realmente merece alguna puntualización y, desde luego, una lectura crítica, casi sorprendida.

La Nota describe el rito:

  • Se recita la oración de bendición de las cenizas y se asperjan con el agua bendita.
  • El sacerdote se dirige a los presentes, diciendo una sola vez para todos la fórmula del Misal Romano: «Convertíos y creed en el Evangelio», o bien: «Acuérdate de que eres polvo y al polvo volverás».
  • Después, el sacerdote se limpia las manos y se pone la mascarilla
  • Luego impone la ceniza
  • El sacerdote toma la ceniza y la deja caer sobre la cabeza de cada uno, sin decir nada.

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7.02.21

Las actuales plegarias eucarísticas

Misal romano. CEE

Parecía un inmenso avance enriquecer el Misal romano con nuevas plegarias eucarísticas que diesen variedad y no limitarse exclusivamente al Canon romano. Decisión ésta muy discutible, sin duda. Pero cuando se aprobaron las otras tres anáforas y se introdujeron en el Ordo del Misal, ocurrió algo inesperado: la única plegaria que se escuchaba era la plegaria eucarística II. Fue, y lo es hoy día, la más empleada, casi la única que se usa.

No se quería mantener únicamente el Canon romano en función de la variedad, y ahora la plegaria eucarística II ha ocupado su lugar siendo la única que en la práctica se oye. ¿Y por qué? Sin duda, por ser la más breve. En una liturgia sumamente verbalista, con extensas y huecas homilías y muchas moniciones, la gran plegaria eucarística parece algo pesado: ¿orar? ¿Recitar despacio? ¿Cantar las partes propias de la plegaria? En absoluto. Se opta por la plegaria eucarística más breve para salir del paso, se recita apresuradamente con tono descreído incluso, descuidado, desenfadado. Se aduce que los fieles “no se enteran”, “de esto no entienden”, y emplear cualquier otra plegaria les parece muy largo: curiosamente, no les parece tan largas sus propias homilías.

¡Sorpresa! En el Misal romano hay más plegarias eucarísticas, aparte de la II, y hay unas normas de uso para ellas.

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31.01.21

El camino para venerar más el Evangelio/Evangeliario (Palabra y Evangelio - IV)

evangelio6. El camino para venerar más y mejor el Evangelio

    Si hay que potenciar y destacar la importancia de la Palabra proclamada en la liturgia, no es desde luego inventando nuevos ritos de entronización de Biblias ni cosas semejantes. El camino tendrá que ir desde lo interior a lo exterior, a lo ritual, con sólida teología y más aún espiritualidad.

 

     6.1.Conciencia de presencia y sacramentalidad

    En el Evangelio está hablando el mismo Cristo, se oye su voz anunciando aquí y ahora, a los presentes, a su Iglesia Esposa, la salvación. Así pues, no estamos ante un relato pasado o un cuento o una novela, que se lee cumpliendo y luego viene lo importante que sería la homilía. ¡En absoluto! La voz de Cristo se oye cuando un diácono o sacerdote lee el Evangelio.

   Cristo está en el cielo, su cátedra está en el cielo pero su voz se oye cuando se lee el Evangelio:

     “Escuchemos juntos; escuchemos juntos como condiscípulos en la única escuela del único maestro, Cristo; su cátedra está en el cielo” (S. Agustín, Serm. 340A, 4). “Sólo hay un maestro para todos, cuya escuela y cátedra están en la tierra y en el cielo respectivamente” (Id., Serm. 292,1). “Tiene en el cielo su cátedra –pues hemos de ser instruidos en sus escritos” (Id., Serm. 270,1). “No digo que me escuches a mí, sino que escuches conmigo, pues en esta escuela todos somos condiscípulos; el cielo es la cátedra de nuestro maestro” (Id., Serm. 261,2).

    Es a Cristo mismo a quien oímos cuando en la liturgia se proclama el Evangelio:

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24.01.21

Terminamos: el ministerio instituido del acolitado (y III)

El segundo ministerio laical es el acolitado.

El ministerio instituido del acólito posee dos vertientes: el servicio directo al altar y el ministerio extraordinario de la Eucaristía. Es lo que determina el Motu proprio Ministeria quaedam (de 1972).

Referente al servicio del altar:

  • Queda instituido para ayudar al Diácono y prestar su servicio al sacerdote
  • Es propio del acólito instituido cuidar el servicio del altar.

Y referente al sacramento de la Eucaristía:

  1. Distribuir la comunión como ministro extraordinario cuando falten ministros, o estén imposibilitados por enfermedad, avanzada edad o ministerio pastoral, o cuando el número de fieles que se acerca a la Sagrada Mesa es tan elevado que se alargaría demasiado la Misa.
  2. En las mismas circunstancias, es decir, de forma extraordinaria y excepcional, “se le podrá encargar que exponga públicamente a la adoración de los fieles el Sacramento de la Sagrada Eucaristía y hacer después la reserva; pero no que bendiga al pueblo”.

Al igual que el lector instituido preparará otros lectores para ese servicio litúrgico, el acólito instituido enseñará a otros acólitos no instituidos y monaguillos a servir en la liturgia: “podrá también –cuando sea necesario- cuidar de la instrucción de los demás fieles, que por encargo temporal ayudan al sacerdote o al diácono en los actos litúrgicos, llevando el misal, la cruz, las velas, etc., o realizando otras funciones semejantes”.

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17.01.21

El ministerio instituido de lector/a (y seguimos aclarando: II)

lectorado

Los ministerios instituidos: estables y con rito de institución

El papa Pablo VI, con el Motu proprio Ministeria quaedam (15-agosto-1972), suprimió en la Iglesia latina las órdenes menores y el subdiaconado, así como la tonsura, pero mantuvo las funciones que se encomendaban a esas órdenes. Ahora en vez de ser una ordenación, por tanto reservada para clérigos, será una institución para un cargo estable, un ministerio, que se le confía a un fiel laico. Era el uso atestiguado por la Tradición Apostólica de Hipólito, en el siglo III. No faltan tampoco alusiones en algunas cartas de S. Cipriano de Cartago.

Volviendo a la disciplina más antigua, antes de constituirse estos ministerios como órdenes menores, se estableció en Ministeria quaedam

“que estos ministerios no se llamen ya Órdenes menores; que su misma colación no se llame ‘ordenación’, sino ‘institución’, y además que sean propiamente clérigos, y tenidos como tales solamente los que han recibido el Diaconado. Así aparecerá también mejor la diferencia entre clérigos y seglares, entre lo que es propio y está reservado a los clérigos y lo que puede confiarse a los seglares cristianos; de este modo se verá más claramente la relación mutua, en virtud de la cual ‘el sacerdocio común de los fieles y sacerdocio ministerial o jerárquico, aunque diferentes esencialmente y no sólo en grado, se ordenan, sin embargo, el uno al otro, pues ambos participan a su manera del único sacerdocio de Cristo’”.

La institución significa que ese ministerio es estable, para siempre, y además de ejercer el ministerio correspondiente –lectorado o acolitado- en la liturgia, se le confían algunas otras responsabilidades y tareas inherentes. El rito litúrgico de la institución de un ministerio lo preside el Obispo (o el Superior mayor para religiosos).

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