Aclarando lo de la autoridad de las Conferencias Episcopales

Vivimos un tiempo de cierta convulsión debido a la avalancha de interpretaciones, razonables o no, que surgen de cualquier cosa que proceda de Roma, sea de boca del Santo Padre o de alguno de sus colaboradores. Muchos fieles se ven inmersos en un remolino de titulares espectaculares que a veces hacen pensar y esperar falsamente que la Iglesia está a punto de convertirse en algo esencialmente diferente a lo que ha sido siempre. Y no todos tienen el suficiente conocimiento de lo ocurrido en los últimos veinte siglos como para poder discernir lo que está ocurriendo a la luz de una perspectiva histórica verdadera. Créanme ustedes si les digo que conocer la historia de papas y concilios ayuda bastante a mantener la calma, la paz y la esperanza. Aunque nada ayuda tanto como la fe y la confianza en que el Señor cuida de su Iglesia.

Entre los temas que han provocado cierta desazón en algunos sectores de la Iglesia, figura una breve referencia del papa Francisco a la autoridad de las conferencias episcopales. Así figura en la exhortación apostólica Evangelii Gaudium:

32…El Concilio Vaticano II expresó que, de modo análogo a las antiguas Iglesias patriarcales, las Conferencias episcopales pueden “desarrollar una obra múltiple y fecunda, a fin de que el afecto colegial tenga una aplicación concreta". Pero este deseo no se realizó plenamente, por cuanto todavía no se ha explicitado suficientemente un estatuto de las Conferencias episcopales que las conciba como sujetos de atribuciones concretas, incluyendo también alguna auténtica autoridad doctrinal.

Vaya por delante que lo de “auténtica autoridad doctrinal” no es un invento de este Papa. Aparece en el Motu proprio Apostolos suos de Juan Pablo II. Cito:

Así pues, el Sínodo ha recomendado que se explicite con mayor amplitud y profundidad el estudio del status teológico y consecuentemente jurídico de las Conferencias de los Obispos, especialmente el problema de su autoridad doctrinal, teniendo presente el n. 38 del Decreto conciliar Christus Dominus y los cánones 447 y 753 del Código de Derecho Canónico.

Y, sin embargo, unos y otros se han lanzado a sugerir que breve van a producirse cambios fundamentales, según los cuales, por un lado, cada obispo quedaría sujeto a la autoridad de su conferencia episcopal, y por otro, ésta tendría autoridad para enseñar doctrinas y establecer disciplinas canónicas en forma autónoma. Mons. Baldisseri, secretario del sínodo, lo ha explicado claramente en una entrevista concedida al diario Avvenire (negritas mías):

- El Papa Francisco ha pedido que se verifique como pueden tener atribuciones concretas las Conferencias episcopales, incluyendo «alguna auténtica autoridad doctrinal». ¿Qué quiere decir?

El Santo Padre invita a profundizar el tema para encontrar nuevas vías. La referencia a la autoridad doctrinal no se ha de interpretar como autonomía de ejercicio independiente sobre las cuestiones doctrinales. Las Conferencias episcopales no son instituciones de derecho divino: sólo el Papa y los obispos, como sucesores de los Apóstoles, lo son, y constituyen juntos el Colegio episcopal. Sin embargo las Conferencias episcopales no son instituciones meramente burocráticas. El Papa Francisco evoca la experiencia de las antiguas Iglesias patriarcales, su sinodalidad. La Conferencia episcopal, por tanto, no puede estar por encima de cada obispo, es un organismo de comunión eclesial y de coordinación, que puede asumir una autoridad doctrinal, cuando permanece en comunión con las demás Iglesias locales y el Papa. En esta dimensión la Conferencia episcopal participa en el magisterio ordinario, tanto como cada obispo. El hecho de que el Papa haya citado varias veces documentos de episcopados o de conferencias episcopales indica que se les reconoce una «auténtica autoridad doctrinal», que se mide siempre con el sensus fidei de los fieles y con el consensus Ecclesiae, y esto no tiene que ver con iniciativas provocadoras, realizadas de manera aislada, con las que a veces algunos obispos individualmente o en grupo pueden lacerar la comunión eclesial.

Supongo que no hace falta que aclare lo que Mons. Baldisseri explica tan bien. Si acaso, no estará de más recordar dos cuestiones importantes propias de la Iglesia Antigua:

1- En la antigüedad tuvieron lugar no pocos sínodos locales o concilios regionales que, recibidos por la Iglesia, tuvieron alcance universal en cuestiones de doctrina o disciplina. Ahí están, por ejemplo, el concilio de Elvira (303?) o el Sínodo II de Orange (529). Ciertamente, para que dicha autoridad doctrinal alcanzara a toda la Iglesia, era necesario que los papas asumieran lo que estimaban oportuno de dichos sínodos. Hoy sus enseñanzas las encontramos en el “Denzinger” (117-121 Y 370-397). Pero eso ocurría incluso con los mismísimos concilios ecuménicos. Y si no, ahí tienen ustedes el caso del canon 28 de Calcedonia sobre el estatus del patriarcado de Constantinopla, que no fue ratificado por San León Magno, Papa, lo cual hizo que no apareciera recogido en las colecciones de cánones conciliares que realizaron los canonistas orientales. Ver más sobre el tema en este post.

2- El obispo católico, consciente de ser sucesor de los apóstoles y corresponsable del bien universal de la Iglesia, no veía su misión apostólica reducida a los estrictos límites de su Iglesia local, ni frenada o limitada colegialmente por los obispos de su región, cuando estimaba necesario dar la doctrina católica o refutar la herejía. Recordemos, por ejemplo, las cartas de San Agustín que tuvieron gran alcance mucho más allá de los pequeños límites de su Iglesia de Hipona, o la de tantos otros obispos hoy doctores de la Iglesia.

Recientemente, la carta de Mons. Demetrio Fernández sobre los errores de un libro de Pagola es un ejemplo histórico -por ser poco frecuente- de un sucesor de los apóstoles que, en un caso grave y urgente, habla en público sin esperar a que se pronuncie la Conferencia Episcopal de la que forma parte. No estaría nada mal que cundiera el ejemplo.

Por acabar, y aunque ya lo he señalado con negritas al citarle, fíjense ustedes en dos puntos esenciales de las palabras de Mons. Baldisseri:

1- Las Conferencias Episcopales no pueden estar por encima del obispo. Es decir, cada obispo en comunión con el Papa es soberano en su diócesis. Por algo es sucesor de los apóstoles. Solo el Papa -y la Curia romana en cuanto que ejerza en nombre del Papa- tiene autoridad plena sobre él.

2- Ninguna conferencia episcopal puede enseñar ni plantear iniciativas autónomas que choquen contra la doctrina y la disciplina de la Iglesia. Lo contrario sería abrir las puertas al cisma. Esto conviene tenerlo en cuenta cuando vemos que algunas conferencias episcopales -una en concreto- pretende tener autonomía suficiente como para decidir lo que hay que hacer con la comunión de los divorciados vueltos a casar o la forma en que la Iglesia participa en el proceso legal que lleva a que se practique un aborto.

Conclusión. El posible aumento de la autoridad de las conferencias episcopales no se va a construir sobre la disminución de la autoridad de cada obispo sino sobre una colegialidad de comunión que ha de estar siempre en sintonía con lo que toda la Iglesia, con el Vicario de Cristo a la cabeza del colegio episcopal, enseñe. Los fieles tienen la misma fe en todas partes. No habrá una fe a la española, a la alemana, a la filipina o a la australiana. Una sola fe, un solo bautismo, un solo Dios y Señor de todos.

Luis Fernando Pérez Bustamante

14 comentarios

  
abc
Esperemos a ver cómo es todo esto.

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LF:
De momento ya sabemos cómo no puede ser. Por si alguno tenía alguna duda.
18/12/13 1:58 PM
  
pablo velasco
"que puede asumir una autoridad doctrinal, cuando permanece en comunión con las demás Iglesias locales y el Papa"
Vamos, está clarísimo... Podrán tener autoridad doctrinal, en doctrinas previamente aprobadas por el papa. No puede decir una conferencia episcopal de repente que se pueden usar anticonceptivos, o yo que se, actuar en contra de la doctrina de la iglesia. No puede ser lo que muchos periodistas dicen de que un aumento de la autoridad de las conferencias episcopales será a costa de la autoridad de los obispos, entre otras cosas, porque también sería a costa de la autoriddad del papa. Hay que ver todos los malentendidos que hay, pero creo que nacen del absoluto desconocimiento de la iglesia y de la fe católica.
18/12/13 2:48 PM
  
Franco
LF, totalmente claro, pero tengo una duda desde hace tiempo, ¿Cuál es exactamente la función de una Conferencia Episcopal? Digo, porque a veces pareciera que ni los mismos obispos lo tienen muy claro :)
18/12/13 2:57 PM
  
Menka
"según los cuales, por un lado, cada obispo quedaría sujeto a la autoridad de su conferencia episcopal..."

No es eso, sino que los obispos heterodoxos podrían escudarse en su CE heterodoxa como ellos, y decir: "esto es una autoridad", para camuflar lo que están diciendo y presentarlo como ortodoxo.
Por lo cual, sencillamente, esa autoridad, que en principio no tiene por qué ser mala, debe ser la de la Iglesia para que tenga sentido.
Creo que la limitación de la autoridad de los obispos y regiones vino allá por Gregorio VII u VIII, al haber penitenciales diferentes en distintos países para pecados iguales. Entonces el papa dijo: "se acabó, debe haber una misma medida".
Se trata de una medida que en sí no tiene por qué ser mala, pero en la práctica da lugar a desastres. Sin ir más lejos, en su símil político, basta ver las autonomías en España, al final: sálvese quien pueda. Pues eso, en la práctica puede dar lugar a más problemas que soluciones, pero doctrinalmente no deben tener problemas si se ponen bien los cotos.
18/12/13 3:20 PM
  
luis
El peligro es la palabrita "auténtica".
De todos modos, el cardenal Ratzinger hace décadas aclaró el punto: sólo puede haber autoridad doctrinal de una Conferencia si la decisión se toma por unanimidad. Y por supuesto, en comunión con Roma.
Un solo obispo disidente y adiós "doctrina" de la Conferencia. Lo que demuestra la diferencia entre un Concilio general o particular y una Conferencia.

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LF:
Se cuentan con los dedos de una mano las veces en que hay unanimidad. En realidad, apenas hay materias doctrinales que no hayan sido definidas ya por Roma. Y las que no lo han sido, necesitan de Roma para ser definidas con plena autoridad sobre toda la Iglesia. Por tanto, se van a dar vueltas a una noria sin avanzar nada.
18/12/13 5:08 PM
  
rastri
La Conferencia episcopal, por tanto, no puede estar por encima de cada obispo, es un organismo de comunión eclesial y de coordinación, que puede asumir una autoridad doctrinal, cuando permanece en comunión con las demás Iglesias locales y el Papa

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No entiendo que la Conferencia Episcopal, siendo un organismo de comunión eclesial y de coordinación -en mayoría de varios obispos se entiende- no pueda tener más autoridad moral doctrinal que la de un solo obispo de su misma Conferencia Episcopal.


-En el ministerio de cada cual, individual y colectivamente y lo veo más simple:


-El Párroco está bajo la autoridad moral de su Obispo; el Obispo bajo la autoridad moral de la Conferencia Episcopal; la Conferencia Episcopal bajo la autoridad moral del Colegio Cardenalicio. Y todos, sea individual o colectivamente, bajo la autoridad del Papa.


-Y añade:

2- Ninguna conferencia episcopal puede enseñar ni plantear iniciativas autónomas que choquen contra la doctrina y la disciplina de la Iglesia

-Lógico, va de suyo; desde siempre a mi entender:

-Ninguna Conferencia Episcopal, ni ningún obispo, tengan o no tengan arte o parte en estas conferencias, puede enseñar ni plantear doctrinas contraria a la disciplina de la Iglesia depositada en la persona del Obispo de Roma. -el Papa-.

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LF:
El obispo solo está bajo la autoridad del Papa. Es fácil de entender. Siempre ha sido así. La escalera no es sacerdote, obispo, conferencia episcopal, cardenales y Papa. Es sacerdote, obispo y Papa.
18/12/13 5:27 PM
  
Luis López
Si es evidente que ningún Concilio puede estar por encima de la autoridad del Papa -lo que dijo en su día el Concilio de Constanza no tiene valor-, también parece claro que ninguna Conferencia Episcopal puede estar por encima de un Obispo.

Y al hilo de esto me parece peligroso que las Conferencias episcopales tengan atribuidas "autoridad doctrinal". El famoso Catecismo Holandés de finales de los 60, o algún pronunciamiento de ciertas Conferencias Episcopales sobre documentos magisteriales sobre moral prueban con creces lo que digo.

Creo que la Iglesia Católica siempre se ha tenido claro que la verdad no se decide por mayorías.
18/12/13 6:30 PM
  
últimas palabras
Naturalmente que lo que dice este papa está en la misma línea que lo que han dicho los papas anteriores. Quizás nadie pensaría cosas raras del Papa Francisco, si no fuera por las reticencias a reconocerle como Pedro por parte de algunos que presumen de ser el "no va más" de la catolicidad.
Francisco es "Pedro", indudablemente, si se me permite decirlo en este blog. Y por supuesto que todo lo que ha dicho es tan católico como todo lo que han dicho sus predecesores.

18/12/13 10:54 PM
  
Pedro jb
En realidad, el único punto doctrinal, con mayúsculas, que queda por definir es si constituye dogma de fe que María es Corredentora.
18/12/13 11:39 PM
  
Ignasi Garrido
El Cardenal Herranz ya habló de esto con Ratzinger en los años 80s y 90s. De allí que si un obispo dice que es legítimo estar a favor de la independencia y desearla, el creyente puede estar tranquilo y luchar democráticamente para poder votar por ella diga lo que diga la CEE. Lo siento pero es así.

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LF:
Lo que no es legítimo es votar para que a la mayoría de los españoles nos roben un trozo de España, que siempre ha sido parte de España, sin consultarnos a todos. Eso no puede ser apoyado desde la moral católica de ninguna de las maneras, diga lo que diga cualquier obispo.
Pero ese no es el tema del post. Fin al debate.
19/12/13 1:19 AM
  
carlos
Estimado Luis

Gracias,siempre en estos momentos, las tinieblas,aumentan de intesidad.Es muy bueno que hayas ubicado ese documento magisterial.Y lo que dices la cadena es Sacerdote, Obispo y Papa.Con relación a los heterodoxos,se debe rezar por ellos, un gran momento es una vez recibida la EUCARISTIA, ahí está la omnipotencia misma, según mi madre Santa Teresa, es el mejor momento de tratar de negocios con Dios Nuestro Señor.
Hay que amar al cuerpo místico, ahí en esa fracción de pan consagrado estamos, más unidos, que nunca, se queda mucho tiempo en el interior, sólo se debe interrumpir ante un sufrimiento, en la comunidad, y/o afuera.
Debemos orar pero,dar testimonio de la Verdad, siempre, el padre Iraburu, lo explica mejor que yo.
A Cristo por maria y con el Papa.
19/12/13 2:21 AM
  
Catholicus
Otro riesgo grave es hacer parecer que la Iglesia sea la suma de las Iglesias nacionales, lo que es un error de eclesiología, pues ya dejó Ratzinger claro a Kasper que la esencia de la Iglesia es una, y las Iglesias locales no son sino hijas de esa Madre Iglesia que trasciende todo localismo.

Con la rebelión de centroeuropa no le deja a uno tranquilo esto de dar todavía más "autoridad"/autoritas a las Conferencias episcopales. Pero el Santo Padre sabe mejor que yo.

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LF:
Pues a mí me parece que Baldisseri no lo ha podido dejar más claro:
... esto no tiene que ver con iniciativas provocadoras, realizadas de manera aislada, con las que a veces algunos obispos individualmente o en grupo pueden lacerar la comunión eclesial.


Así que no hay motivo alguno para la intranquilidad.
19/12/13 11:10 AM
  
Serloc
No veo claro lo que dice usted: "Vaya por delante que lo de “auténtica autoridad doctrinal” no es un invento de este Papa."
Habría que precisar: Opino que "dar AUTÉNTICA autoridad doctrinal" puede que sí sea novedad del papa Francisco.
El motu proprio del papa Juan Pablo II no habla de "dar AUTÉNTICA autoridad doctrinal" sino del "PROBLEMA de la autoridad doctrinal".
En una lectura rápida (lo confieso) del motu proprio se me queda la impresión de que limita fuertemente la publicación de documentos doctrinales para evitar que las confs. episc. tengan verdadera autoridad doctrinal.

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LF:
O sea, la enorme diferencia no es que haya autoridal doctrina en las conferencias episcopales sino que éstas tengan auténtica autoridad doctrinal.

En fin...



19/12/13 1:38 PM
  
Luis Fernando
Leídos el resto de comentarios -agradezco las aportaciones, incluidas las no publicadas- y siguiendo los consejos del editor, cierro.
19/12/13 2:03 PM

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