El embrión y su dignidad

El embrión y su dignidad

El embrión humano tiene desde el principio la dignidad propia de la persona y merece el respeto debido a ella, pues no es un potencial ser humano, sino un ser humano con potencialidad de desarrollo

El 22 de Febrero de 1987 la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una «Instrucción sobre el respeto de la vida humana naciente y la dignidad de la procreación. Respuesta a algunas cuestiones de actualidad». Este documento, también llamado »Donum vitae» aborda toda una serie de problemas en torno a la fecundación artificial, el respeto debido a los embriones humanos, a las intervenciones sobre la procreación y a los principios que debe respetar la legislación civil. Veinte años más tarde, en el 2008, la misma Congregación publica una «Instrucción sobre algunas cuestiones de bioética», también llamada «Dignitas Personae» (IDP), en la que ratifica la doctrina de la «Donum Vitae»(IDV).

Estas Instrucciones tienen como objetivo salvar el respeto debido a la vida y dignidad que corresponde al embrión o feto humano y establecen el principio: «Todo ser humano debe ser acogido siempre como un don y bendición de Dios» (IDV II,1).

Es decir, para el Magisterio, todo ser concebido, incluso en el marco ilícito de la fecundación in vitro, debe ser respetado en su dignidad y en su derecho a la vida, por lo que está prohibido sacrificarle, aunque sea para curar a otro. Éste es el gran principio en el que se basa la Moral Católica en estas cuestiones. Hay que tener cuidado porque hay quien está intentando utilizar el término persona no ya como confín entre el universo humano y el no humano, sino de modo discriminatorio dentro del ser humano, entre una fase u otra de su desarrollo, realizándose además con los embriones in vitro pruebas, controles y modificaciones como si se tratase de un producto de laboratorio para uso científico e incluso comercial.

Es indudable que el investigador científico ha de tener clara la idea de que él no puede sin quebrantar la ley moral tratar a los seres humanos ya concebidos, como si se tratase de meros objetos. El embrión humano tiene desde el principio la dignidad propia de la persona (IDP 5) y merece el respeto debido a ella, pues no es un potencial ser humano, sino un ser humano con potencialidad de desarrollo, y por tanto no es una cosa ni un mero agregado de células vivas, sino el primer estadio de la existencia de un ser humano. Todos hemos sido también embriones. Por tanto, no es lícito quitarles la vida ni hacer nada con ellos que no sea en su propio beneficio.Recordemos que, incluso hablando de células embrionarias, la destrucción de una sola vida humana nunca puede ser justificada en términos de los beneficios que podría llevar a otro. No todo aquello que es técnicamente posible es moralmente admisible. El nuevo ser debe ser llamado a la vida en un contexto matrimonial y familiar, «donde es generado por medio de un acto que expresa el amor recíproco entre el hombre y la mujer» (IDP 6), y con estas técnicas hay el peligro de inducir a la idea de que procrear un niño es fabricarlo, pues el hijo vive por el artificio del técnico, con los riesgos de poder considerar a las personas como máquinas que se hacen, se reparan o se pueden rechazar cuando ya no dan satisfacción35. En estos temas la Iglesia suele oponer los términos «procrear», algo natural y lícito, y «producir», algo en sí ilícito. Hemos de insistir en que el hijo no es un derecho, sino un don»(Catecismo de la Iglesia Católica nº 2378).

No existe por tanto un derecho a la procreación; sí existe, por el contrario, un derecho a que el ejercicio de la procreación constituya un proceso humano que haga posible la realización de una procreación responsable, no siendo la descendencia un objetivo que puede pretenderse a toda costa, pues es el bien del hijo el criterio guía de todos los problemas entorno a la fecundidad. Engendrar debe ser el fruto de una donación de amor entre los progenitores, es decir una realidad mucho más profunda que un mero producto técnico, aunque sea la capacidad biotecnológica de hacer surgir una nueva vida en el laboratorio. Hoy que se habla tanto de calidad de vida es indudable el derecho del niño a ser un testimonio vivo de la donación recíproca de sus padres y tener desde el comienzo de su vida unos padres que le ofrezcan intimidad, seguridad y amor.

Una consecuencia de esto es la ilicitud de la inseminación post-mortem, rechazada no sólo por la Iglesia (IDV III), sino por casi todas las legislaciones, salvo la española, que la admite en los seis meses posteriores a la muerte del marido y si éste ha dejado un documento escrito que lo permita.

Pedro Trevijano, sacerdote

 

5 comentarios

Andrés-Eduardo Luis
Negar las circunstancias adecuadas para que tanto el ovocito como el espermatozoide se puedan desarrollar, que es para lo que han sido creados, es tener derecho a la vida humana. Un derecho tan absoluto que llega a imponer su exterminio.
22/12/18 4:54 PM
Marías de las Nieves
Muy claro ,pero está sin defensa jurídica y los partidos políricos pasan de hacer un estatuto jurídico para los no nacidos ,y hay riesgo permanente .
,son eliminados continuamente.
No sé cuando se llegara a tomar conciencia ,y además tenemos una población muy envejecida se necesita recambio generacional ,pero parece que hay que seguir esperando ,abortos continuados y la fertilidad se va dando en mujeres mayores.
Los chinos y de otros países cubrirán la falta de nacimientos. Hace años los jóvenes empezaban a trabajar entre 18 y 20 años y tenían niños jovenes ,ahora si estudian salen a buscarse la vida al extranjero ;hay políticas en España que no se ven adecuadas a la humanidad actual.
22/12/18 8:23 PM
Soledad
Todo el artículo es sentido común respeto por el otro y conocimiento de aquello que somos, desde la concepción hasta la muerte:seres amados por Dios .

Con lo que ha avanzado la ciencia, con el conocimiento del ADN, con los avances en el campo de la medicina, conn intervenciones en el útero de una madre gestante, con la posibilidad de la eco grafía, no ve el que no quiere. El problema está en las conciencias.
Decía una señora muy mayor, con estudios primarios, cuando se aprobó aquí el aborto: "hay cosas que son si o no, no hay términos medios". Ni médico, ni biólogo, ni filosofo....

Es contradictorio que personas que se dicen ateas, agnóstica, que sólo creen "lo que palpany puede ver", incluso para algunos el conocimiento científico es la base de todo. Sin embargo, la ciencia empírica y objetiva dice una cosa, y ellos ciegos de necedad se comportan en sentido contrario. En verdad, cuando Dios desaparece de nuestra vida, como referencia, todo hace aguas.
Esto se puede aplicar tb a la ideologia de género, un disparate que no hay por donde cogerlo. Parece estamos empeñados en cargarnos el Genesis de principio a fin.
23/12/18 10:42 AM
Andrés-Eduardo Luis
Sobre las aguas (hidrosfera) se encuentra la atmósfera y la tierra sostiene al agua. ¿En qué lugar se cernía el Espíritu de Dios?, sobre las aguas; ahí surge la vida. ¿Donde está hoy la vida? donde emergió, en las aguas. En condiciones normales es bello todo lo que dice, pero la naturaleza es, a veces, anormal. Cuando el embrión es ectópico, esto se puede dar en la naturaleza, y produce hemorragia incompatible con la vida el magisterio dijo: "mejor dos muertes naturales que un asesinato", pero después se dijo: intervención quirúrgica `sin actuar sobre el embrión´ pero este pasa a ser desecho quirúrgico al extraer un trozo de trompa suficiente para cortar la hemorragia. No se actúa contra el embrión al igual que no se separa, en la relación sexual, lo `unitivo´de lo procreativo cuando con toda premeditación, por paternidad responsable, hemos medido todos los parámetros para que lo procreativo no se produzca. Esto es magisterio de Humane vitae, IDV, Catecismo, Evangelium Vitae, IDP.
25/12/18 12:03 PM
Pedro Trevijano
La condena del aborto se refiere al aborto directo, no al llamado aborto indirecto. ¿Qué se entiende por éste?: Nos lo dice Pío XII el 26-XI-1951: “Porque si, por ejemplo, la vida de la futura madre, exige una operación quirúrgica u otro tratamiento médico, que puede tener como efecto secundario, de ninguna manera querido o procurado pero inevitable, la muerte del feto, en este caso este acto no puede caer bajo la denominación de ataque directo a la vida inocente. Con estas condiciones, puede permitirse la operación, como otras operaciones médicas semejantes, presumiendo siempre que un bien de gran valor, como es la vida, está en peligro, y que no es posible esperar hasta que nazca el niño ni emplear otro remedio efectivo”.
Debemos tener, por tanto, muy clara la distinción entre aborto directo e indirecto. El aborto directo supone el producir la muerte para conseguir un efecto; en cambio el aborto indirecto supone poner una acción para conseguir un efecto bueno, pero que sin buscarlo ni desearlo, produce también un efecto malo, es decir, la muerte del feto. Este efecto malo podrá ser moralmente tolerado, si no hay otro medio de obtener el efecto bueno y se considera además que el efecto bueno compensa el efecto malo.
Feliz Navidad. Pedro Trevijano
25/12/18 6:12 PM

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