Sobre la adhesión al Concilio Vaticano II

Ante todo no parece inútil recordar que la intención pastoral del Concilio no significa que éste no sea doctrinal. Las perspectivas pastorales de hecho se basan en la doctrina, como no podría ser de otro modo. Pero sobre todo es necesario recalcar que la doctrina se orienta a la salvación; su enseñanza es parte integrante de la pastoral.

El quincuagésimo aniversario, ya próximo, de la convocatoria del Concilio Vaticano II (25-XII-1961) es motivo de celebración, pero también de renovada reflexión sobre la recepción y aplicación de los documentos conciliares.

Además de los aspectos directamente más prácticos de esta recepción y aplicación, con sus luces y sombras, parece oportuno recordar también la naturaleza de la debida adhesión intelectual a las enseñanzas del Concilio. Aún tratándose de doctrina bien conocida y de la que se dispone de abundante bibliografía, no es superfluo recordarla en sus rasgos esenciales, teniendo en cuenta la persistencia de perplejidades manifestadas, incluso en la opinión pública, en relación con la continuidad de algunas enseñanzas conciliares respecto a las precedentes enseñanzas del Magisterio de la Iglesia.

Ante todo no parece inútil recordar que la intención pastoral del Concilio no significa que éste no sea doctrinal. Las perspectivas pastorales de hecho se basan en la doctrina, como no podría ser de otro modo. Pero sobre todo es necesario recalcar que la doctrina se orienta a la salvación; su enseñanza es parte integrante de la pastoral. Además, en los documentos conciliares es obvio que existen muchas enseñanzas de naturaleza puramente doctrinal: sobre la Revelación divina, sobre la Iglesia, etcétera. Como escribió el beato Juan Pablo II, “con la ayuda de Dios, los padres conciliares, en cuatro años de trabajo, pudieron elaborar y ofrecer a toda la Iglesia un notable conjunto de exposiciones doctrinales y directrices pastorales” (Constitución Apostólica Fidei depositum, 11-X-1992, Introducción).

La debida adhesión al Magisterio

El Concilio Vaticano II no definió ningún dogma, en el sentido de que no propuso mediante acto definitivo ninguna doctrina. Sin embargo, el hecho de que un acto del Magisterio de la Iglesia no se ejerza mediante el carisma de la infalibilidad no significa que pueda considerarse “falible” el sentido de que transmita una “doctrina provisional” o bien “opiniones autorizadas”. Toda expresión de Magisterio auténtico hay que recibirla como lo que verdaderamente es: una enseñanza dada por los Pastores que, en la sucesión apostólica, hablan con el “carisma de la verdad” (Dei Verbum, n. 8), “revestidos de la autoridad de Cristo” (Lumen gentium, n. 25), “a la luz del Espíritu Santo” (ibid.).

Este carisma, autoridad y luz ciertamente estuvieron presentes en el Concilio Vaticano II; negar esto a todo el episcopado cum Petro y sub Petro, reunido para enseñar a la Iglesia universal, sería negar algo de la esencia misma de la Iglesia (cfr. Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Mysterium Ecclesiae, 24-VI-1973, nn. 2-5).

Naturalmente no todas las afirmaciones contenidas en los documentos conciliares tienen el mismo valor doctrinal y por lo tanto no todas requieren el mismo grado de adhesión. Los diversos grados de adhesión a las doctrinas propuestas por el Magisterio fueron recordados por el Vaticano II en el n. 25 de la Constitución Lumen gentium, y después sintetizados en los tres apartados añadidos al Símbolo niceoconstantinopolitano en la fórmula de la Professio fidei, publicada en 1989 por la Congregación para la Doctrina de la Fe con la aprobación de Juan Pablo II.

Las afirmaciones del Concilio Vaticano II que recuerdan verdades de fe requieren, obviamente, la adhesión de fe teologal, no porque hayan sido enseñadas por este Concilio, sino porque ya habían sido enseñadas infaliblemente como tales por la Iglesia, mediante un juicio solemne o mediante el Magisterio ordinario y universal. Así como requieren un asentimiento pleno y definitivo las otras doctrinas recordadas por el Vaticano II que ya habían sido propuestas con acto definitivo por precedentes intervenciones magisteriales.

Las demás enseñanzas doctrinales del Concilio requieren de los fieles el grado de adhesión denominado “religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia”. Un asentimiento “religioso”, por lo tanto no fundado en motivaciones puramente racionales. Tal adhesión no se configura como un acto de fe, sino más bien de obediencia no sencillamente disciplinaria, mas enraizada en la confianza en la asistencia divina al Magisterio y, por ello, “en la lógica y bajo el impulso de la obediencia de la fe” (Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum veritatis, 24-V-1990, n. 23). Esta obediencia al Magisterio de la Iglesia no constituye un límite puesto a la libertad; al contrario, es fuente de libertad. Las palabras de Cristo: “Quien a vosotros escucha, a mí me escucha” (Lc 10,16) se dirigen también a los sucesores de los Apóstoles; y escuchar a Cristo significa recibir en sí la verdad que hace libres (cfr. Jn 8,32).

En los documentos magisteriales puede haber también –como de hecho se hallan en el Concilio Vaticano II– elementos no propiamente doctrinales, de naturaleza más o menos circunstancial (descripciones del estado de las sociedades, sugerencias, exhortaciones, etc.). Tales elementos deben acogerse con respeto y gratitud, pero no requieren una adhesión intelectual en sentido propio (cfr. Instrucción Donum veritatis, nn. 24-31).

La interpretación de las enseñanzas

La unidad de la Iglesia y la unidad en la fe son inseparables, y esto comporta también la unidad del Magisterio de la Iglesia en todo tiempo en cuanto intérprete auténtico de la Revelación divina transmitida por la Sagrada Escritura y por la Tradición. Ello significa, entre otras cosas, que una característica esencial del Magisterio es su continuidad y homogeneidad en el tiempo. La continuidad no significa ausencia de desarrollo; la Iglesia, a lo largo de los siglos, progresa en el conocimiento, en la profundización y en la consiguiente enseñanza magisterial de la fe y moral católica.

En el Concilio Vaticano II hubo varias novedades de orden doctrinal: sobre la sacramentalidad del episcopado, sobre la colegialidad episcopal, sobre la libertad religiosa, etc. Si bien ante las novedades en materias relativas a la fe o a la moral no propuestas con acto definitivo es debido el religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia, algunas de ellas fueron y siguen siendo objeto de controversias sobre su continuidad con el Magisterio precedente, o bien sobre su compatibilidad con la Tradición. Frente a las dificultades que pueden encontrarse para entender la continuidad de algunas enseñanzas conciliares con la Tradición, la actitud católica, teniendo en cuenta la unidad del Magisterio, es la de buscar una interpretación unitaria en la que los textos del Concilio Vaticano II y los documentos magisteriales precedentes se iluminen recíprocamente. No sólo hay que interpretar el Vaticano II a la luz de documentos magisteriales precedentes, sino que también algunos de éstos se comprenden mejor a la luz del Vaticano II. Ello no representa ninguna novedad en la historia de la Iglesia. Recuérdese, por ejemplo, que nociones importantes en la formulación de la fe trinitaria y cristológica (hypóstasis, ousía) empleadas en el Concilio I de Nicea se precisaron mucho en su significado por los Concilios posteriores.

La interpretación de las novedades enseñadas por el Vaticano II debe por ello rechazar, como dijo Benedicto XVI, la hermenéutica de la discontinuidad respecto a la Tradición, mientras que debe afirmar la hermenéutica de la reforma, de la renovación en la continuidad (Discurso, 22-XII-2005). Se trata de novedades en el sentido de que explicitan aspectos nuevos, hasta ese momento no formulados aún por el Magisterio, pero que no contradicen a nivel doctrinal los documentos magisteriales precedentes, si bien en algunos casos –por ejemplo, sobre la libertad religiosa– comporten también consecuencias muy distintas a nivel de las decisiones históricas sobre las aplicaciones jurídico-políticas, vistos los cambios en las condiciones históricas y sociales.

Una interpretación auténtica de los textos conciliares puede realizarse sólo por el propio Magisterio de la Iglesia. Por ello en la labor teológica de interpretación de las partes que, en los textos conciliares, susciten interrogantes y parezcan presentar dificultades, es preciso sobre todo tener en cuenta el sentido según el cual las intervenciones magisteriales sucesivas hayan entendido tales partes. En cualquier caso, siguen siendo espacios legítimos de libertad teológica para explicar de uno u otro modo la no contradicción con la Tradición de algunas formulaciones presentes en los textos conciliares y, por ello, para explicar el significado mismo de algunas expresiones contenidas en esas partes.

Al respecto, no parece finalmente superfluo tener presente que ha pasado casi medio siglo desde la conclusión del Concilio Vaticano II, y que en estas décadas se han sucedido cuatro Romanos Pontífices en la cátedra de Pedro. Examinando el Magisterio de estos Papas y la correspondiente adhesión del Episcopado a él, una eventual situación de dificultad debería transformarse en serena y gozosa adhesión al Magisterio, intérprete auténtico de la doctrina de la fe. Esto debería ser posible y deseable aunque permanecieran aspectos racionalmente no comprendidos del todo, dejando abiertos en cualquier caso los legítimos espacios de libertad teológica para una labor de profundización siempre oportuna. Como ha escrito Benedicto XVI recientemente, “los contenidos esenciales que desde siglos constituyen el patrimonio de todos los creyentes tienen necesidad de ser confirmados, comprendidos y profundizados de manera siempre nueva, con el fin de dar un testimonio coherente en condiciones históricas distintas a las del pasado” (Motu propio Porta fidei, n. 4).

 

Mons. Fernando Ocáriz, Vicario General del Opus Dei, Consultor de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

Publicado originalmente en L‘Osservatore Romano

14 comentarios

José Carlos
Este texto de Mons Ocáriz es muy interesante porque fue uno de los teólogos en las conversaciones doctrinales Santa Sede-Fsspx. El hecho que se publique en L‘Osservatore Romano es también muy significativo.

Ocáriz en buena parte coincide con lo que la Fraternidad ha sostenido siempre sobre el Vaticano II, que no fue un concilio dogmático, ”no se ejerció mediante el carisma de la infalibilidad”. El único Magisterio infalible que hay en le CVII son las verdades ya definidas anteriormente y “no porque hayan sido enseñadas por este Concilio”.

Por tanto la única diferencia que sostiene la Santa Sede con el pensamiento de la Fraternidad es que hay que prestar un “religioso asentimiento de la voluntad y de la inteligencia” (tercer grado de asentimiento de la Professio fidei) a las doctrinas del Concilio salvo los elementos no propiamente doctrinales, de naturaleza más o menos circunstancial.
1/12/11 11:03 PM
José María Iraburu
Es muy exacta esta exposición de Mons. Ocáriz. Él conoce bien las dificultades de la Fraternidad Sacerdotal San Pío X para aceptar el Concilio Vaticano II y ciertas reformas que le siguieron. En vida de Mons. Lefebvre (+1991)formó parte de la comisión de la Santa Sede (con Mons. Tarcisio Bertone y el moderador P. Benoît Buroux OP) que mantuvo conversaciones en marzo-abril 1988, bajo la presidencia del Card. Ratzinger, prefecto de la Doctrina de la Fe, con la representación de la SSPX designada por Mons. Lefebvre (P. Patrice Laroche y Bernard Tissier de Mallerais).
1/12/11 11:06 PM
Miguel Ángel Pascual
En el libro de Mons. Tissier sobre Mons. Lefebvre dice que en aquellas conversaciones que cita el P. Iraburu "el desacuerdo fue frontal y total".
Y así estamos.
1/12/11 11:11 PM
Guillermo Juan Morado
Más allá del tema de la FSSPX, que yo soy partidario de reservar a la Santa Sede, sin interferir en el asunto, me parece muy oportuna la clarificación que proporciona Mons. Ocáriz.

Muy necesaria. Y estoy de acuerdo con el P. Iraburu en ponderar la exactitud de esta exposición.
1/12/11 11:58 PM
José Carlos
Ocáriz: “En cualquier caso, siguen siendo espacios legítimos de libertad teológica para explicar de uno u otro modo la NO CONTRADICCIÓN CON LA TRADICIÓN de algunas formulaciones presentes en los textos conciliares y, por ello, para explicar el significado mismo de algunas expresiones contenidas en esas partes.”
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Es muy interesante esta idea. La labor de la Ciencia teológica católica, hermenéutica sobre el Concilio Vaticano II, se debe centrar en encontrar las interpretaciones teológicas de las enseñanzas del Concilio en coherencia, continuidad y “principio de no contradicción” con la Tradición. Todo ello es acorde con la condena que hizo el Papa Benedicto XVI de la hermenéutica de la discontinuidad respecto a la Tradición en el Discurso de 22-XII-2005
2/12/11 8:48 AM
Ex Opus
El artículo está muy bien, pero ¿el principio de no contradicción?
2/12/11 12:33 PM
Pio
Padre, Usted expone con sabiduría lo que tantos sacerdotes piensan y aceptan aunque no seamos del Opus Dei, ni siquiera de alzacuello romano. Siento mucho gozo al decirle que el espíritu vibra cuando puede dar plena adhesión a una doctrina y decir: "Sí, esta es mi fe,esta es la verdad".

También puedo decirle que cada día siento más admiración y veneración por Benedicto XVI. Sobre todo su lucidez intelectual. ¡Qué bien conoce y qué buen diagnóstico ha hecho de la situación de nuestra época! ¡Qué bien ha sabido recolocar el "espíritu de Asís"! ¡Qué buena propuesta para la Iglesia: nueva evangelización, año de la fe, porta fidei! Creo que su proyecto pastoral ya va tomando forma y consistencia! Que el Espíritu nos ayude a seguirlo...
2/12/11 12:42 PM
Vicente
el Vaticano II es doctrina de la Iglesia en el sentido expuesto, y todos los católicos le debemos obediencia.
2/12/11 12:42 PM
David
No, Jose Carlos, continúa el párrafo y no te quedes en una parte porque no concuerda en nada con el pensamiento de la SSPX (a Dios gracias)

"No sólo hay que interpretar el Vaticano II a la luz de documentos magisteriales precedentes, sino que también algunos de éstos se comprenden mejor a la luz del Vaticano II."

"Se trata de novedades en el sentido de que explicitan aspectos nuevos, hasta ese momento no formulados aún por el Magisterio, pero que no contradicen a nivel doctrinal los documentos magisteriales precedentes –por ejemplo, sobre la libertad religiosa– comporten también consecuencias muy distintas a nivel de las decisiones históricas sobre las aplicaciones jurídico-políticas, vistos los cambios en las condiciones históricas y sociales.

Ello no representa ninguna novedad en la historia de la Iglesia. Recuérdese, por ejemplo, que nociones importantes en la formulación de la fe trinitaria y cristológica (hypóstasis, ousía) empleadas en el Concilio I de Nicea se precisaron mucho en su significado por los Concilios posteriores."
2/12/11 6:12 PM
José Carlos
David, es claro que la doctrina de la Santa Sede sobre el Vaticano II no coincide al 100% con los pensamientos de la Fraternidad. No obstante, como he indicado, veo coincidencias en temas de fondo.

“¿Qué idea tiene del Concilio Vaticano II?

Basta con la lectura o la hermenéutica de la discontinuidad. El Vaticano II debe ser leído, como justamente hace el Papa Benedicto XVI, en continuidad con la Tradición y el Magisterio de la Iglesia. No fue una revolución. Pero los modernistas, que han contribuido a herir gravemente a la Iglesia, no lo entienden y no lo quieren entender.” (P. Mario Trejo, superior de la FSSPX en México.)

http://la-buhardilla-de-jeronimo.blogspot.com/2008/09/superior-de-la-fsspx-en-mxico-el.html
2/12/11 10:13 PM
Miguel Ángel Pascual
No, José Carlos, no. Si la FSSPX aceptara de verdad este texto tan lúcido y exacto de Mons. Ocáriz, si tanto coincidiera con él, no tendría ningún problema en aceptar el Preámbulo que hace poco le ofrecieron... ni el Vaticano II entero, ni la doctrina del Magisterio postconciliar. No, José Carlos, no.
2/12/11 10:38 PM
Menka
Me gusta mucho el artículo.
4/12/11 8:31 PM
Daniel
No me gusta nada el artículo, hay discordancia entre lo afirmado y lo realizado por la institución de la que es jefe el autor.
5/12/11 3:57 PM
Menka
En la pequeña región de Murcia, a finales de los 60, abandonaron el sacerdocio unos 200 curas. Eso no puede ser por el Concilio, sino por una religión mal vivida desde hace tiempo. Hoy en dejan el ministerio del sacerdocio dos o tres, si llega. Aunque hay menos curas en total, los números son indicativos.
6/12/11 11:13 AM

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