Se adelanta al arzobispado de Madrid

El Sindicato Manos Limpias denuncia al grupo que profanó la capilla de Somosaguas

La primera denuncia ante el juzgado de guardia por el escándalo en la Capilla de la Universidad Complutense ya ha llegado a los tribunales, interpuesta por el colectivo de funcionarios públicos Manos Limpias. El Arbispado de Madrid, que ya ha condenado los hechos, también estudia interponer demanda. El Código Penal establece para ese tipo delictivo una pena de prisión de seis meses a un año o multa de cuatro a diez meses.

(Abc/ReL/InfoCatólica) En el escrito de Manos Limpias, al que ha tenido acceso ABC, se denuncia a “los responsables de la denominada Asociación Contra Poder, con sede en la Facultad de Políticas y Sociología”. Los hechos puestos en conocimiento del juez sucedieron el pasado día 10, cuando, “en la Capilla del Campus de Somosaguas, un grupo de unos 70 individuos” de la mencionada asociación “entró masivamente en el templo, realizando pintadas vejatorias contra la religión católica, y varias chicas se desnudaron de cintura para arriba junto al altar e hicieron alardes de su tendencia homosexual”.

Considera el sindicato que se ha vulnerado el derecho constitucional a la libertad religiosa y de culto, y adjunta como prueba los textos periodísticos que hablan del asunto. Además, solicita entre las diligencias que deben practicarse que se requiera a la Complutense, y a su rector, para que “acredite el local que tiene asignado a la asociación y sus subvenciones”.

El secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernard, ha declarado a Religión en Libertad que se trata de una denuncia por “delito contra la libertad de conciencia y los sentimientos religiosos” presentada ante el Juzgado de guardia, amparándose en el Título Primero de la Constitución y en los artículos 524 y 525 del Código Penal. En ellos se establece que “el que en el templo, lugar destinado al culto o en ceremonias religiosas, ejecutare actos de profanación en ofensa de sentimientos religiosos legalmente tutelados, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de cuatro a diez meses”.

10 comentarios

Ricardo de Argentina
Seré curioso, ¿cómo se implementa la "multa de 4 a 10 meses"?
14/03/11 3:55 PM
Dani
Espero que la condena sea de caracter económico, porque estas "pajarracas" iban a disfrutar en la carcel de lo lindo.
14/03/11 5:46 PM
Menka
Enhorabuena Manos Limpias. Y gracias.
14/03/11 8:07 PM
Karenil
Y ya puestos, toca estrenar la responsabilidad penal de las personas juridicas y conseguir que se multe tambien a la asociación contrapoder, a sus dirigentes y que se proceda a la disolución de la asociación.

Ricardo, la determinación de la pena de multa se regula en el Art.50 y siguientes del Código Penal:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l1t3.html#a50
14/03/11 8:25 PM
Raúl
Para Ricardo de Argentina: La aplicación de la pena de multa está prevista en los artículos 50 y siguientes del Código Penal español. Como éste no es un foro de carácter jurídico, y para no aburrir demasiado al personal con líos jurídicos copiando literalmente artículos, me remito a dicho texto legal. Lo puedes encontrar en google sin ninguna dificultad.

Un saludo.
14/03/11 9:53 PM
Conchi P.
Gracias a Manos Limpias. Que pena que el Arzobispado siga como los "perros mudos".
14/03/11 11:01 PM
Anónimo...
No se preocupen ustedes (o lo que es lo mismo: ¡sean ustedes creyentes!). Ya se encargará (no la vida, sino Dios) de castigarlos adecuadamente y conducirlos al sitio que se merecen.

Ya saben... el piso, la esquina, el trullo.

(aunque después haya que echarles una mano... -o las dos-, claro)

: )
14/03/11 11:37 PM
Nova
"Manos Limpias", como siempre, haciendo lo que tiene que hacer y estando donde debe estar. Muchas gracias, D. Miguel Bernad, que Dios le bendiga a usted y a su fantástico sindicato.
14/03/11 11:49 PM
Ricardo de Argentina
Grcias Karenil y Raúl. El sistema de "días de multa" consiste en una multa diaria, pecuniaria o, en su defecto, transformable en prisión.
Desconozco si ese método se utiliza en la legislación penal argentina. Yo no lo conocía, al menos con ese nombre.
14/03/11 11:53 PM
Adrián "UnCatolico"
Que las metan en la carcel me da igual que la pasen de lo lindo con sus compañeras que las metan en la carcel, si fuera una sinanoga ya seria antisemitismo nazi y estarian mas que presas saldrian en titulares a nivel mundial , si fuera mezquita ya una o dos de ellas estaria muerta.
15/03/11 2:21 AM

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