En los casos más graves el Papa podrá reducir al estado laical sin pasar por juicio canónico

El Vaticano pide que los casos de curas pederastas sean denunciados siempre a las autoridades civiles

El Vaticano ha anunciado hoy que los casos de curas pederastas deben ser denunciados «siempre» a la autoridad civil y en los casos más graves el Papa puede directamente reducir al estado laical a los pederastas sin pasar por un juicio canónico. Así está escrito en la guía sobre el procedimiento del Vaticano para los casos de abusos de menores publicada hoy en la página web de la Santa Sede. El viceportavoz del Vaticano, Ciro Benedettini, precisó que no se trata de una guía nueva, sino la redactada en el 2003, que ha sido publicada en la página de internet de la Santa Sede «en nombre de la absoluta transparencia impuesta por el Papa».

(Agencias/InfoCatólica) De hecho, en aras de esa transparencia, la página web del Vaticano incluye en la sección "Focus" diversos recursos sobre la respuesta de la Iglesia ante los casos de abusos contra menores cometidos por sacerdotes. Así, los interesados pueden leer la carta pastoral del Papa a los católicos de Irlanda, que se hizo pública el pasado 19 de marzo. También pueden acceder a distintos comunicados de prensa sobre los encuentros de Benedicto XVI con los obispos irlandeses o a la carta, por ejemplo, del director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede, Federico Lombardi.

La guía publicada hoy en la web del Vaticano, en inglés e italiano, sirve para entender los procedimientos llevados a cabo por la Congregación para la Doctrina de la Fe en los supuestos casos de abusos sexuales de menores, y pretende ayudar a aquellas personas que no tienen conocimientos de derecho canónico. La Oficina de Prensa publico también ayer en VIS un resumen en varias lenguas de dicha guía.

Así, la diócesis local será la primera que deberá investigar la denuncia. En el caso de que la acusación tenga una base sólida, se remitirá esta información a la Congregación para la Doctrina de la Fe. Sólo en los casos más graves la Congregación para la Doctrina de la Fe puede adoptar la decisión de llevar el caso directamente ante el Papa.

Se reitera que forma parte de la "autoridad ordinaria" del obispo local "el proteger a los niños mediante la restricción de las actividades de cualquier sacerdote de su diócesis", "poder puede ser ejercido a discreción del obispo antes, durante y después de cualquier procedimiento canónico". Igualmente, se insiste en que "debe seguirse siempre el derecho civil" (civil, administrativo o penal) "aplicable en cuanto a la información de los delitos a las autoridades competentes".

El texto publicado en español es éste:

La legislación aplicable es el Motu Proprio "Sacramentorum Sanctitatis tutela" (MP SST) de 30 de abril de 2001, junto con el Código de Derecho Canónico de 1983. Esta es una guía introductoria que puede ser útil a los laicos y no canonistas.

A: Procedimiento Previo

La diócesis local investiga todas las denuncias de abuso sexual de un menor por parte de un clérigo.

Si la acusación es plausible, el caso se remite a la CDF. El obispo local transmite toda la información necesaria a la CDF y expresa su opinión sobre los procedimientos que hay que seguir y las medidas que se adoptarán a corto y a largo plazo.

Debe seguirse siempre el derecho civil en materia de información de los delitos a las autoridades competentes.

Durante la etapa preliminar y hasta que el caso se concluya, el obispo puede imponer medidas cautelares para salvaguardar a la comunidad, incluyendo a las víctimas. De hecho, el obispo local siempre tiene el poder de proteger a los niños mediante la restricción de las actividades de cualquier sacerdote de su diócesis. Esto forma parte de su autoridad ordinaria, que le lleva a ejercer cualquier medida necesaria para asegurar que no se haga daño a los niños y este poder puede ser ejercido a discreción del obispo antes, durante y después de cualquier procedimiento canónico.

B: Procedimientos autorizados por la CDF

La CDF estudia el caso presentado por el obispo local y también pide información complementaria cuando sea necesario.

La CDF tiene una serie de opciones:

B1 Procesos Penales

La CDF podrá autorizar al obispo local para llevar a cabo un proceso penal judicial ante un tribunal local de la Iglesia. Todo recurso en estos casos ese sometería a un tribunal de la CDF.

La CDF podrá autorizar al obispo local para llevar a cabo un proceso penal administrativo ante un delegado del obispo local con la asistencia de dos asesores. El sacerdote acusado está llamado a responder a las acusaciones y a revisar las pruebas. El acusado tiene derecho a presentar recurso a la CDF contra el decreto que lo condene a una pena canónica. La decisión de los cardenales miembros de la CDF es definitiva.

En caso de que el clérigo sea juzgado culpable, tanto los procesos penales judiciales como administrativos pueden condenarlo a una serie de penas canónicas, la más grave de las cuales es la expulsión del estado clerical. La cuestión de los daños también se puede tratar directamente durante estos procedimientos.

B2 Casos referidos directamente al Santo Padre

En casos muy graves en que el juicio penal civil haya declarado culpable al clérigo de abuso sexual de menores de edad o cuando las pruebas son abrumadoras, la CDF puede optar por llevar el caso directamente al Santo Padre con la petición de que el Papa promulgue con un decreto "ex officio" la expulsión del estado clerical. No hay remedio canónico en contra de tal decisión pontificia.

La CDF también presenta al Santo Padre solicitudes por los sacerdotes acusados que, habiendo reconocido sus delitos, piden la dispensa de la obligación del sacerdocio y desean volver al estado laical. El Santo Padre concede estas peticiones por el bien de la Iglesia ("pro bono Ecclesiae").

B3 Medidas disciplinarias

En los casos en que el sacerdote acusado haya admitido sus delitos y aceptado vivir una vida de oración y penitencia, la CDF autoriza al obispo local a emitir un decreto que prohíba o restrinja el ministerio público de dicho sacerdote. Dichos decretos se imponen a través de un precepto penal que implica una pena canónica en caso de violación de las condiciones del decreto, sin excluir la expulsión del estado clerical. El recurso administrativo ante la CDF es posible con tales decretos. La decisión de la CDF es definitiva.

C. Revisión del MP SST

Desde hace algún tiempo la CDF ha emprendido una revisión de algunos de los artículos del Motu Proprio "Sacramentorum Sanctitatis tutela", con el fin de actualizar dicho Motu Proprio de 2001 a la luz de las facultades especiales concedidas a la CDF por los Papas Juan Pablo II y Benedicto XVI. Las modificaciones propuestas bajo discusión no cambiarán los procedimientos antes mencionados (A, B1-B3).

16 comentarios

Ya estamos viendo por donde deriva esta noticia anunciada a bombo y platillo por todos los medios de comunicación. “Por sus frutos los conoceréis”, decía el Señor. Se ve clara una tendencia a querer tirar por tierra toda relación humana de confianza; y con la disculpa de un supuesto riesgo cero, hacer asumir un auténtico riesgo de deshumanización. ¿Qué será lo siguiente?, ¿que también alguien diga que esto puede suceder en otros ámbitos, para también pretender tirarlos por tierra?

Es fácil fomentar el mal y luego con su disculpa, proponer el siguiente paso al frente del mal, en vez de proponer el bien, es decir la Cruz de Nuestro Señor Jesucristo, la cual tendría que proponerse, y para eso no hace falta bombo ni platillo, si hubiera una intención real en solucionar las cosas.
12/04/10 4:19 PM
ARISTO
Ana Vázquez, tengo que admitir que éste es uno de los riesgos que se corren, siendo como es totalmente contrario a la naturaleza del sacerdocio, que está basada en la confianza que todos, padres e hijos hemos tenido y tenemos en el sacerdote, por la dignidad y ascendiente moral de su ministerio. El mal de los pederastas y sus ocultadores se ha sumado al mal de los odiadores de la Iglesia; el resultado es de péndulo: para evitar más casos se quiebra la familiaridad, la cordialidad de trato en aras a una fría "asepsia" en la relación con los alumnos. El mal lo pudre todo. Yo he tenido relación con sacerdotes siendo niño. La relación siempre fue de cercanía, afecto y profundo respeto. Ahora unos pocos, aprovechados por la canalla han quebrado ese mundo inocente y bueno. Quiera Dios que volvamos a recuperarlo.
12/04/10 5:58 PM
rastri
-Vaticano ha anunciado hoy que los casos de curas pederastas deben ser denunciados «siempre» a la autoridad civil y en los casos más graves el Papa puede directamente reducir al estado laical a los pederastas sin pasar por un juicio canónico.
________________

-El Secreto de Confesión: ¿Ya no vale?,....

-Y Jesús el Cristo:¿Denunció Él, sea a las autoridades civiles; O a las religiosas,...?


-Qué astuto es el Demonio, señor de todo lenocinio. Y cómo sabe clavar sus colmillos de serpiente en la garganta del pusilánime.
12/04/10 6:11 PM
Sara
Ya era hora de que pidiera que se deje de incurrir en el delito de encubrimiento. Pero eso es lo primero, no el derecho canónico; si hasta que no se aclare internamente el asunto, no se denuncia a las autoridades civiles se está poniendo en riesgo a mas personas y es posible que si la denuncia se hace pasado bastante tiempo (como suele ocurrir en éstos casos) el delito supere la prescripción, obstruyendo así la ley.

Sólo la excomunión pondrá de manifiesto que la iglesia no quiere delincuentes en su comunidad.
12/04/10 6:41 PM
Darío
Rastri, el secreto de confesión no es obstáculo para nada:

- Si una victima revela en confesión lo que le ha pasado, su confesor debe aconsejarle que denuncie civilmente.

- Si el agresor se confiesa de su gravísimo pecado, el confesor puede imponerle en penitencia que se entregue a las autoridades para reparar el daño causado. Al igual que a un ladrón que devuelva lo robado,... Entiendo que la penitencia es proporcional a la gravedad del pecado.
12/04/10 7:00 PM
rastri
Dario:

Curiosa tu respuesta.

-Pues sí: mientras que entre las leyes sde los hombres, nadie está obligado a autoinculparse de un delito cometido. Ahora resulta que, según tú, quien comete pecado de castidad (pederastia): baste que se confiese, cumpla la penitencia de "autoinculparse" ante el derecho Civil para que el susodicho pecador esté perdonado y exonerado del delito moral. Y el escandalizado, lógicamente, quede desescandalizado.

Almenos claro está que el confesor, de motu propio, lo denuncie.

Y si el agredido,o más o menos violentado, no reclama derecho de resarcimiento moral o civil: ¿Hay, o no hay pecado? ¿Se debe denunciar?

"A Dios lo que es de Dios, al César lo que es del César. Y el que esté libre de culpa que tire la primera piedra."


"Oí una gran voz en el cielo que decía: Ahora llegala salvación, el poder, el reino de nuestro Dios y la autoridad de su Cristo, porque fue precipitado el acusador de nuestros hermanos, el que los acusaba delante de nuestro Dios de día y de noche" (ap.12,10)
12/04/10 9:01 PM
Caray, al principio me pareció y en realidad me parece excelente que procedan así pero estoy leyendo los titulares y los medios los redactan de tal forma como incitando a denunciar, espero que esto no se convierta en un problema para la Santa Sede.
Porque se ha de denunciar, por supuesto que si, pero si atestan los escritorios de los responsables, que no son más que diez, no se cómo podrán manejar una avalancha de denuncias de las cuales una gran cantidad -de hecho- serán sin fundamento.
Estaré alarmándome antes de tiempo? Espero que no.
12/04/10 9:11 PM
Darío
Rastri: Es evidente que el confesor no puede denunciar. Ya sea un caso de pederastia, un caso de asesinato, de robo o de lo que sea. El secreto de confesión le obliga.

Pero dicho esto, el pecador arrepentido tendrá que 'cumplir la penitencia que le fuere impuesta', y esa penitencia tendrá que ser proporcionada al pecado cometido. Yo no soy sacerdote y no sé que criterios siguen en estas situaciones, pero me parece de sentido común que si un pecador se acusa de robar un millón a su vecino, en penitencia le sea impuesto resarcir a su vecino de lo que ha robado, y si no es posible que pague por su delito 'civil'. Igual ocurriría con otros pecados/delitos. No se trata de que el perdón sea gratis. El que algo quiere (el perdón de Dios) algo le cuesta (su arrepentimiento y la penitencia impuesta).
12/04/10 10:25 PM
Neville
Maricurz dice: "Caray, al principio me pareció y en realidad me parece excelente que procedan así pero estoy leyendo los titulares y los medios los redactan de tal forma como incitando a denunciar, espero que esto no se convierta en un problema para la Santa Sede."

Sí, por supuesto. Es mil veces preferible que estos crímenes queden impunes que este asunto "se convierta en un problema para la Santa Sede."

Luego os extrañaréis de los varapalos que le están cayendo al Vaticano con este tema. Los creyentes deberíais ser los primeros en preocuparos de que se haga justicia en estos casos, por encima incluso de lo que diga la Santa Sede.

En cuanto al comunicado, a buenas horas. Estoy convencido de que si no es por la que se ha montado el Vaticano no lo habría hecho público. Recordemos que por mucha buena voluntad que muestre, la Iglesia ha actuado durante décadas y hasta hace nada justamente de la forma contraria, protegiendo a sospechosos de pederastia de la justicia civil a toda costa y sin escatimar esfuerzos.

Y encima, uno de los que más han hecho para que esto fuera así es el actual pontífice.

Esos son los hechos. El resto, apología.
12/04/10 11:25 PM
Klubber
Neville, los documentos contenidos en el comunicado estaban vigentes hace años. Algunos, hace décadas. Y varios de ellos, fácilmente accesibles para todo aquel que pretendiera informarse más allá de las gacetillas de prensa. Que la Santa Sede ahora los ponga todos juntos y se lo haga notar a los mismos medios que la vienen atacando no tiene nada de extraordinario.

Y a la luz de la documentación que hay con sólo un "click", una calumnia como la que Ud. profiere contra el Papa es inaceptable.

Ahora que se conoce que la Iglesia aplica desde hace años las cosas que se le exigían hasta hace un día, también está mal.
13/04/10 12:14 AM
mori
Dario, un confesor jamás puede imponer como penitencia revelar el propio delito.

Lo puede recomendar, pero eso no es penitencia. También puede considerar que el no haberse entregado (o no tener el propósito de hacerlo) muestre que no hay arrepentimiento, pero si el penitente justifica sus motivos para no entregarse y muestra arrepentimiento suficiente, el confesor ya no podrá negar la absolución.

Es totalmente distinto el caso del robo en que el confesor exige devolver lo robado. Debe devolverse para reparar el daño causado y como muestra de arrepentimiento. En el caso de la pederastía, es probable que la mejor reparación para la víctima sea no ver nunca más a su agresor (o porque se aleje o porque esté tras las rejas); no hay nada que devolver.

Por último, esto no es en modo alguno una excepción al secreto de confesión: ese secreto es inviolable sin importar la gravedad del pecado.
13/04/10 4:44 AM
Neville,
Espero que te haya servido de desahogo.
***
(pero en qué está pensando la gente, que porque lee uno de tus párrafos ya conoce hasta de qué color va vestida tu conciencia?. Válgame!)
13/04/10 5:46 AM
José Ángel Antonio
Todo el mundo lo está dando mal (menos La Razón).

El Vaticano no dice "denunciad siempre". Dice "deben seguirse siempre las leyes civiles sobre informar a las autoridades".

Las leyes civiles sobre qué, cómo y cuando se denuncia son distintas de país en país.

En unos países piden denunciar los hechos probados, en otros solo sospechas. En otros, informar a organismos especializados, en otros a la policía.

En otros países, piden denunciar solo hechos de los últimos 10 años (por lo tanto, ya no es denunciar "siempre").

De hecho, la Iglesia está sacando informes sobre hace 20, 30, 40 años, sin obligación legal, sólo por voluntad moral, puesto que en esos países han prescrito los casos de hace 10 o más años.
13/04/10 11:27 AM
Neville
¿Es que acaso he mentido en algo? Iluminadme, por favor.
13/04/10 12:23 PM
Klubber
En esto:

"Y encima, uno de los que más han hecho para que esto fuera así es el actual pontífice."

A menos que haya querido decir lo contrario de lo que escribió.
13/04/10 3:23 PM
tony
1 Juan 2:18
El anticristo
18 Hijitos, ya es el último tiempo; y según vosotros oísteis que el anticristo viene, así ahora han surgido muchos anticristos; por esto conocemos que es el último tiempo19 Salieron de nosotros, pero no eran de nosotros; porque si hubiesen sido de nosotros, habrían permanecido con nosotros; pero salieron para que se manifestase que no todos son de nosotros.

recuerden:
el anticristo buscara engañar si es posible aun a los elegidos.
12/11/10 10:35 PM

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