La Justicia costarricense prohíbe a obispos y pastores evangélicos apoyar a partidos políticos

Medida cautelar pero no habrá resolución antes de las elecciones

La Justicia costarricense prohíbe a obispos y pastores evangélicos apoyar a partidos políticos

El Tribunal Supremo de Elecciones costarricense ha ordenado como medida cautelar a la Conferencia Episcopal Nacional de Costa Rica y la Federación Alianza Evangélica Costarricense abstenerse de difundir manifiestos públicos que representen un llamado a votar o no por ciertos partidos.

(Semanario Universidad/InfoCatólica) De acuerdo con el asesor político del TSE, Gustavo Román, esta medida cautelar se adoptó con el propósito de evitar un daño mayor mientras se valora a fondo el recurso de amparo.

«Es una resolución interlocutoria en un recurso de amparo. Es decir, esta no es la resolución final de este recurso de amparo. El TSE está admitiendo para estudio por el fondo ese recurso de amparo y ya para eso habrá que escuchar a las partes denunciadas, recibir pruebas para tomar una decisión final. En ese proceso existe la posibilidad de adoptar medidas cautelares para evitar un daño mayor o la continuación de un daño mientras se valora el fondo de lo que se está presentando en un recurso de amparo para que lo que al final se resuelva no carezca de interés», señaló Román.

El recurso de amparo electoral fue interpuesto por un ciudadano de apellidos Vargas Sibaja, el lunes 22 de enero; mientras que la resolución interlocutoria fue dada a conocer por el TSE en la tarde de este miércoles.

El Tribunal ordenó a ambas entidades informar a los sacerdotes católcios y los pastores evangélicos sobre la prohibición de utilizar el púlpito, sitios de oración o ceremonias litúrgicas para inducir el voto de sus feligreses.

Denuncias

Actualmente, el TSE reporta 163 denuncias por invocación de motivos religiosos, de las cuales 96 son contra el Partido Restauración Nacional (PRN), 34 para Liberación Nacional (PLN) y 9 para Renovación Costarricense (PRC); mientras que 5 corresponden a Integración Nacional (PIN), 2 para Alianza Demócrata Cristiana (ADC) y 1 para Nueva Generación (PNG).

No habrá resolución final antes de las elecciones

Román señaló también que el TSE no tiene un plazo para resolver estas denuncias y que por su naturaleza, requieren de un análisis y la imposición de una multa económica.

«El artículo 297 del Código electoral obliga al tribunal a realizar un procedimiento administrativo sancionatorio. Eso es un procedimiento formal que tiene primero una investigación preliminar, imputación de cargos, audiencias para ambas partes, se recibe prueba, se resuelve en primera instancia, hay derecho a segunda instancia. La misma tramitación de una denuncia hace materialmente imposible la resolución de esas denuncias y la imposición de multas antes de que terminen las elecciones», indicó el funcionario.

 

4 comentarios

juvenal
Todo esto viene de un artículo 28 de la Constitución de Costa Rica que dice: “No se podrá hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas”.
Me parece absurda esta prohibición, la libertad de expresarse puede ser igual para todos. Pero también me parece absurdo lo que dice el artículo 75.
25/01/18 4:34 PM
Luis Fernando Coto Varela
Podrán callar a nuestros obispos y sacerdotes; pero no callarán a los católicos y evangélicos que defendemos los valores morales universales, la familia, el matrimonio de un hombre y una mujer; defensores de la vida desde la concepción hasta muerte natural (accidental); contra la ideología de género y de las guías de educación sexual del MEP.
Los partidos políticos que defiendan estos valores, les pedimos a los electores tomarlos en cuenta para votar en conciencia.
25/01/18 8:24 PM
Fuenteovejuna
Resulta que los medios de comunicación sí pueden apoyar a un partido o candidato y hasta los empresarios pueden hacer aportes económicos partidarios para la campaña electoral, pero la Iglesia Católica no puede advertir a sus fieles si tal partido o candidato cumple o no cumple con lo que manda la Iglesia.
No hay duda que esta medida del TSE es pura basura porque la Iglesia no goza de los mismos derechos que la prensa o el sector empresarial.
Con medidas como esta la democracia se desnuda y muestra su verdadero rostro, porque eso de la igualdad de derechos es una cáscara vacía.
25/01/18 8:54 PM
Feri del Carpio Marek
Ok, no pueden decir que no voten por tal partido, pero pueden decir que el católico no debe votar por partidos que promueven el aborto u otros actos gravemente dañinos para el bien común, y como información independiente recordar que tales y tales candidatos contemplan la promoción de dichos actos.
25/01/18 9:10 PM

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